La Corte Constitucional deberá definir ahora si el proceso contra el coronel Carlos Alberto Feria Buitrago por la prueba del polígrafo a la que fue sometida Marelbys Meza pasa o no a la Justicia Penal Militar. La defensa del jefe de protección de Gustavo Petro pidió este jueves que, por ser un acto de servicio, la investigación debe ser asumida por el juez natural de los integrantes activos de la Fuerza Pública.

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Los delegados de la Fiscalía y la Procuraduría General, así como la representante de Marelbys Meza, rechazaron la petición y manifestaron que estos hechos no pueden ser calificados como actos de servicio. Frente a esto manifestaron que el incidente de competencias debe ser negado.

Coronel Carlos Feria, presidente Gustavo Petro, Laura Sarabia y Marelbys Meza. Foto: SEMANA

La abogada Laura Katalina Toro, quien representa a Marelbys Meza, aseguró que en este caso no existen las condiciones que fijó la ley para que el caso pase a la Justicia Penal Militar pues no son actos de servicio someter a una persona a una prueba de polígrafo para sacarle información.

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De esta forma recordó que Meza trabajaba como niñera del hijo de Laura Sarabia, por lo que no se le puede calificar como funcionaria pública o no tenía un fuero especial. Igualmente, desde un principio se indicó que se trataba de una maleta con dinero que se había extraviado y nunca se indicó que en dicho maletín habían documentos que pusieran en riesgo la seguridad nacional.

Por su parte, el procurador delegado aseveró que el llamado “fuero militar” que alegaron los abogados de los tres policías no aplica, por lo que no se debe aceptar la impugnación de competencias presentada este jueves por los abogados de los procesados.

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En su intervención, el fiscal del caso rechazó tajantemente la petición y aseguró que nunca se justificó la necesidad para que todo el expediente pase a conocimiento de la Justicia Penal Militar.

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“No estamos investigando actos relacionados con el servicio”, advirtió el delegado del ente investigador al anunciar que en la imputación de cargos que se iba a celebrar este jueves se iba a dar claridad a esta diferenciación. “Claramente se desbordó el margen funcional de los aquí encartados”.

El fiscal del caso aseguró que existe una “falta de lealtad” de los abogados del oficial puesto que, hasta ahora, después de muchos meses, se presentó la posibilidad que el expediente pase al llamado juez natural de los policías. “No se ha dicho por qué el caso debe pasar a la Justicia Penal Militar”.

El delegado del ente investigador indicó que no comparte para nada los argumentos planteados por la defensa de los tres policías, indicando que siempre se han cumplido con los respectivos trámites. “La Fiscalía no ha sido negligente”, aseveró.

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En este sentido, considera que no se cumple ninguno de los requisitos para que el proceso pase de la jurisdicción ordinaria a la penal militar.

Consideró que en este caso no se cumplen las condiciones que ha fijado la ley para que sea la Justicia Penal Militar la que realice las respectivas investigaciones y emita los fallos que considere pertinentes.

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“Las cortes marciales y tribunales militares investigarán las conductas punibles que cometan los miembros de la fuerza pública en servicio activo siempre y cuando esas tengan relación directa con el servicio”, situación que -en palabras del fiscal- no se cumplen para el presente caso.

Por esto, la misma ley indica que en casos extremos es que los procesos de integrantes activos de la fuerza pública, “en ejercicio de sus funciones legales y constitucionales”, pasan a conocimiento de la Justicia Penal Militar.

Por esto, le pidió a la jueza 79 de control de garantías de Bogotá que rechace la solicitud y que el expediente siga en la jurisdicción ordinaria. “La Fiscalía hace un llamado a la cordura pues la audiencia no se materializa. Todo se ve trastabillado por la solicitud armónica de la defensa”.

La Fiscalía General anunció el pasado 25 de octubre, por medio de un comunicado de prensa, que le iba a imputar los delitos de peculado por uso, abuso de función pública y constreñimiento ilegal al coronel Carlos Alberto Feria Buitrago, el capitán Elkin Augusto Gómez Gutiérrez y el intendente John Alexander Sacristán Bohórquez.