La Corte Constitucional le acaba de dar luz verde al Gobierno del presidente Gustavo Petro frente a la segunda emergencia económica que decretó para atender las emergencias provocadas por las inundaciones a principios de este año. Sin embargo, limitó algunos poderes extraordinarios que se expidieron con esa declaratoria.
La decisión se tomó después de que los nueve magistrados de la Sala Plena votaran 8-1 a favor de la emergencia; sin embargo, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, expresidente del alto tribunal, salvó parcialmente su voto, mientras que su colega Carlos Camargo aclaró su decisión.
Esta decisión a favor del Gobierno Petro deja con vida la declaratoria de la emergencia económica para atender las emergencias provocadas por la crisis climática, por lo que el Ejecutivo podrá seguir expidiendo decretos para atender esa situación que se registra desde comienzos de 2026.
Lo que tumbó la Corte
Aunque los magistrados de la Sala Plena avalaron por mayoría ese decreto, también tumbaron varios asuntos que incluyó el Gobierno, pero que no tenían relación suficiente con la emergencia climática que justificó dicho estado de excepción.
Así fue como la Corte Constitucional terminó eliminando las facultades que se atribuyó el Ejecutivo para atender la crisis financiera de las empresas de energía y el riesgo para la prestación del servicio eléctrico. También tumbó algunas facultades agrarias de la Agencia Nacional de Tierras y la actualización del Plan de Manejo de Cuencas Hidrográficas.
Con esa decisión, la Corte reconoció que la emergencia climática existió y se justifican las medidas extraordinarias para atender la emergencia, pero el Gobierno incluyó otros temas estructurales que no estarían conectados con el desastre provocado por las inundaciones.
Los límites
El Gobierno del presidente Gustavo Petro fijó en su momento que este nuevo decreto de emergencia iba a atender la crisis que dejaron las lluvias en departamentos como Antioquia, Bolívar, Magdalena y Cesar, entre otros ubicados en la costa Caribe.
Sin embargo, la Corte limitó ese alcance solo a los 181 municipios que reportó la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres como afectados por esa emergencia, aunque también podrán ser vinculados otros municipios que demuestren con pruebas el impacto de las afectaciones que sufrieron por el fenómeno climático.
Por eso, la Corte Constitucional también precisó al Gobierno Petro que los decretos que expida con esta declaratoria no pueden adoptar medidas estructurales ni financiar proyectos de reconstrucción de largo plazo, salvo que estén ligados con la rehabilitación inmediata.
Los magistrados de la Sala Plena cerraron esta discusión ordenándole al Gobierno que recalcule el costo real de la emergencia, justifique por qué no la puede atender con medidas ordinarias, separe contablemente los recursos de esa situación y facilite el control fiscal y disciplinario.
La Corte reconoció la gravedad de la emergencia y las situaciones extraordinarias provocadas por el cambio climático, pero también le puso freno al Gobierno al impedir que amplíe el alcance territorial, que use la declaratoria para asuntos estructurales y al exigir una justificación rigurosa del gasto.