Un nuevo decreto reglamentario presentado por el Gobierno Nacional establece las variables técnicas que determinarán el recaudo del impuesto de renta para el año gravable 2025, el cual deberá declararse en 2026.
La normativa es fundamental para la planeación fiscal de empresas y personas naturales, ya que ajusta los porcentajes de deducciones y gravámenes según el comportamiento de la inflación y las tasas de interés.
A continuación se detallan los tres pilares que ajustan la carga tributaria en el país:
Control a los rendimientos por préstamos entre socios
El decreto regula el denominado interés presunto, una figura legal que asume que todo préstamo de dinero entre una sociedad y sus socios genera un rendimiento mínimo.
Para el próximo periodo fiscal, se determinó que este rendimiento anual no podrá ser inferior al 9,09 %, cifra que corresponde a la tasa DTF vigente al cierre del año anterior.
Este mecanismo busca evitar que las empresas entreguen capital a sus asociados sin generar las cargas tributarias correspondientes.
Componente inflacionario en los ahorros
Un punto determinante es la definición de qué ingresos por rendimientos financieros no están sujetos al pago de renta. Tras certificar una inflación del 5,10 % por parte del DANE, el Gobierno estableció que:
- El 55,43 % de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales no obligadas a llevar contabilidad no constituirá renta ni ganancia ocasional.
- Este porcentaje actúa como un alivio tributario, reconociendo que una parte de las ganancias financieras solo compensa la pérdida de poder adquisitivo del dinero.
Restricciones a las deducciones por gastos financieros
La normativa también introduce límites a la capacidad de los contribuyentes para reducir su base gravable mediante el pago de intereses. Según el documento oficial:
- El 28,35 % de los costos y gastos financieros (como los intereses pagados por créditos) no podrá ser utilizado como deducción en la declaración de renta para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
- En el caso de las deudas en moneda extranjera, el decreto prohíbe explícitamente que los costos y gastos financieros por este concepto sean tratados como deducibles, debido a que el costo promedio del endeudamiento externo registró niveles negativos.
Aunque estas reglas se actualizan anualmente, su relevancia radica en que definen de manera directa la base sobre la cual se calcula el impuesto.
Hay que tener en cuenta que los efectos sobre el interés presunto impactan transversalmente al sector empresarial. De esta manera, el documento se convierte en la hoja de ruta técnica para contadores y contribuyentes de cara a los compromisos fiscales de 2026 que se avecinan.