“Se compró un Porsche, aunque dijo que no tenía cómo reparar a las víctimas”, dijo una juez a finales del 2021 sobre el exgobernador Aguilar cuando le negaron libertad condicional. Ahora, un nuevo revés judicial lo tiene contra las cuerdas.

La JEP confirmó, precisamente, que ni la suegra ni la esposa de Aguilar son víctimas explicando que: “las acciones identificadas como victimizantes y los daños descritos por Socorro Carreño Miranda y Mónica María Barrera Carreño carecen de cualquier vínculo con el conflicto armado”.

A esa conclusión llegó la Sección de Apelación de la JEP tras dejar en firme la decisión que adoptó la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas cuando les negó una solicitud de reconocimiento como víctimas en el trámite de sometimiento de Hugo Aguilar a la Jurisdicción Especial para la Paz.

Aunque las solicitantes argumentaron que han sido afectadas por las decisiones de la justicia penal ordinaria en contra del exgobernador de Santander, en sus calidades de suegra y esposa de Aguilar, respectivamente, toda vez que son acusadas de enriquecimiento ilícito y lavado de activos, para la JEP “el conflicto armado no ha sido fuente directa o indirecta de ninguno de los procesos y los consecuentes padecimientos que han vivido”.

Hugo Aguilar, exgobernador de Santander. Foto: Juan Carlos Sierra

En ese sentido, la juez suspendió el proceso que adelantaba la Fiscalía por ese caso específicamente. Lo anterior se da en virtud de la solicitud de cesación del proceso que hizo Aguilar Naranjo, teniendo en cuenta que la JEP conoce una investigación en su contra.

Señala la JEP, “no aparece demostrada con suficiencia su calidad como víctimas, así como tampoco se demostró una relación entre los daños que ellas alegan haber sufrido con el conflicto armado”.

De acuerdo con la Sección de Apelación, las circunstancias en las que a Carreño Miranda y Barrera Carreño se les han negado créditos bancarios o se les han cancelado negocios, además de las penurias de salud, económicas o emocionales que describieron a raíz de las investigaciones penales en su contra, son del todo ajenas al conflicto armado y se originan en situaciones personales y familiares alejadas de hechos cuyo conocimiento sean competencia de la JEP.

JEP CASO 01 Foto: JEP

En ese sentido, “los hechos que las dos señoras presentaron como fundamento para ser acreditadas como víctimas ante la JEP no tienen sustento válido dentro del trámite que actualmente surte el exgobernador Hugo Aguilar, quien solicitó someterse como compareciente voluntario en relación con su condena por el delito de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos paramilitares y las investigaciones que se le siguen por peculado, prevaricato y enriquecimiento ilícito”, advierte el tribunal de justicia transicional.

Ese es otro revés del general Hugo Aguilar, célebre por haber sido el policía que abatió a Pablo Escobar y quien forma parte de una de las a familias de mayor poder político en el departamento. El 9 de octubre de 2020, la juez tercera especializada de Bogotá envió a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) el proceso que por lavado de activos adelantaba la Fiscalía contra el exgobernador de Santander Hugo Heliodoro Aguilar Naranjo, para que esa corporación defina si tiene competencia o no para asumir el conocimiento de la actuación.

Cabe recordar que a finales del 2021, un juez de Bogotá le hizo un fuerte llamado de atención al condenado coronel (r) Hugo Aguilar quien fue hallado responsable del delito de Concierto para Promover Grupos Armados al Margen de la Ley.

De acuerdo con el juez 17 de ejecución de penas de Bogotá, el también exgobernador de Santander perdió el beneficio de la libertad condicional debido a su mal comportamiento cuando engañó a la Oficina Asesora Jurídica de la Unidad para la Reparación a Víctimas.