La Corte Suprema de Justicia declaró improcedente un fallo que había declarado al Valle de Cocora como sujeto de derechos, que le permitía protección constante por ser una reserva ambiental.
La decisión de segunda instancia fue revocada debido a que no se demostró la conexidad entre la vulneración del derecho colectivo al medioambiente y la “violación de los derechos fundamentales a la salud, la vida, la dignidad o al mínimo vital”, según dice el fallo.
De igual forma, la Corte exhortó a la Alcaldía de Salento, la Gobernación de Quindío y la Corporación Autónoma Regional del Quindío para que continúen coordinando, con las demás autoridades que pertenezcan al Sistema Nacional Ambiental, el estudio de capacidad de carga ambiental y la implementación que este tendría en el Valle de Cocora.
En la misma línea, la Corte afirma que “no se encuentra demostrada la vulneración de un derecho fundamental en conexidad con el medio ambiente, como tampoco un peligro inminente que imponga actuar de manera transitoria para evitar el daño irreversible sobre los derechos fundamentales de la comunidad que permita activar este mecanismo excepcional”.
El Valle de Cocora fue declarado como sujeto de derechos luego de la acción de tutela presentada por Jaime Hernán Arias, presidente del Concejo Municipal de Salento y miembro de la Fundación Bahareque, en 2020. Esta fue fallada a favor por parte Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia que insta a varias instituciones, entre otras cosas, tomar acciones urgentes para su protección y salvaguarda.
Según El Tiempo, el concejal aseguró que “sí considero que es una sentencia desfavorable para el territorio por el solo hecho de desaparecer la figura que lo protegía. Lo cierto es que la ley en el Valle de Cocora es clara, se debe implementar un modelo de turismo sostenible”.
Cabe resaltar que una de las razones que motivaron al concejal a presentar la acción jurídica fue el turismo desbordado que se venía desarrollando en este patrimonio natural de Colombia. “En la acción de tutela solicité la protección de los derechos a la salud, el mínimo vital, el goce de un ambiente sano y la protección a riquezas culturales y ambientales que se han vulnerado por la omisión de varias entidades que no han implementado un modelo de turismo sostenible en el municipio de Salento, específicamente en el casco urbano, vereda Boquia y Valle de Cocora, lo que, además, está generando un incremento exponencial de contagios de covid-19”, sostuvo Arias en 2020.
Aunque los efectos de la primera sentencia continúan, como mencionamos anteriormente, se debe seguir con las mesas de trabajos de capacidad de carga, sin embargo, el hecho de que se desaparezca la figura que lo declaraba como sujeto de derechos tiene implicaciones fuertes para el futuro según mencionó Arias.
Cabe resaltar que el turismo en la región se ha venido incrementando tanto así que el pasado viernes santo, Salento presentó congestión vehicular durante varias horas, además de que fue tanta la cantidad de turistas en el municipio que después de las 7:00 pm se cerraron los tanques de agua del municipio.
Según RCN Radio, Arias “seguirá insistiendo para escalar este tema al Gobierno nacional y seguir pidiendo por la protección de este sector que es cuna de la Palma de Cera, árbol nacional de Colombia”.
Salento es la mayor reserva de palma de cera (Ceroxylon Quindiuense) del país, hábitat del loro orejiamarillo, el Cóndor de los Andes y de 40 especies de fauna silvestre más, según los registros de la CRQ. En esa zona, además, se encuentra el nacimiento del 60 por ciento de las fuentes hídricas que abastecen al departamento del Quindío, de ahí la importancia de su cuidado y protección.