En el memorando de 1943, el entonces embajador de los Estados Unidos de Norteamérica, Arthur Bliss Lane, informaba a su gobierno que “[m]ientras en Venezuela se perfora, en Colombia se litiga”. Ojalá hubiese quedado en una mera anécdota histórica y no en la realidad de una crónica litigiosidad que brota de la falta de conciencia de los servidores públicos a la hora de ejercer la función pública en términos de eficiencia y eficacia, del compromiso con los ciudadanos y de procurar hacer las cosas bien siempre y en todo momento.

Ahora, un siglo después, ante la confianza que depositó en mí el presidente de la República, Abelardo De La Espriella, designándome Director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, quiero brindarle al país mis conocimientos y experiencia como servidor público en diversas dimensiones y como litigante, en primer lugar, implementando un programa de concientización profunda a todos los servidores públicos de cualquier nivel, mediante el cual se valore el ejercicio de la función pública, al punto que se sienta un ‘temor’ a hacer las cosas mal, a incurrir en una falla del servicio, porque ahí es donde nace el litigio y luego la condena al Estado, la reparación económica, el detrimento patrimonial y el impacto fiscal negativo. Esto, en lo persuasivo, pero desde lo coercitivo, todo servidor público que falla en el servicio debe ser objeto de repetición. ¿Cómo se disminuye la litigiosidad y el impacto fiscal? Haciendo las cosas bien.

En segundo lugar, convertiré a la ANDJE en la principal promotora de la implementación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, en los casos que más amenazan la estabilidad macroeconómica y fiscal de nuestra República. En relación con ello, vale anotar que el 11 de julio, en pleno empalme anticorrupción, el portal ‘Asuntos Legales’ publicó un informe alrededor de los diez procesos más cuantiosos en contra de la Nación. ¿La suma comprometida? Nada más ni nada menos que 219,4 billones de pesos, sólo en esos diez procesos. El mismo informe trimestral de la ANDJE reconoce que el dinero del fisco comprometido en procesos judiciales supera los 800 billones de pesos, y se acerca a la mitad del tamaño de la economía nacional.

Desde el primer día en la Agencia, la principal prioridad para reducir la conflictividad, generar confianza inversionista y contribuir a la construcción de la Patria Milagro será erradicar el miedo que las entidades públicas y la defensa nacional le tienen a la conciliación y a los mecanismos alternativos de solución de conflictos para mitigar el impacto fiscal y reducir la litigiosidad y, de contera, la congestión judicial. La misma Ley 2220 de 2022, que expidió el Estatuto de Conciliación en Colombia, establece una serie de fines que deben orientar la actividad conciliatoria no solo del Estado colombiano, sino de la sociedad en general, disponiendo que: “La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado conciliador, quien, además de proponer fórmulas de arreglo, da fe de la decisión de acuerdo, la cual es obligatoria y definitiva para las partes que concilian”. Un instrumento que parte de la confianza social y la capacidad de resolver nuestros problemas evitando, en la medida de lo posible, el enfrentamiento judicial.

El Congreso fue claro al fijar las finalidades de la conciliación en general. En primer lugar, y en un país con una honda congestión judicial, se busca mejorar el acceso a la justicia; en segundo lugar, ante una arraigada aversión al diálogo, se pretende generar condiciones aptas para la convivencia pacífica; por último, se debe emplear ese instrumento para la construcción de paz y de tejido social. No existe únicamente una dimensión cuantitativa, relevante en la política pública y el efectivo y material acceso a la justicia; sino también una dimensión cualitativa, que es el impacto en el imaginario colectivo alrededor de las posibilidades, cada vez mayores, de resolver las disputas judiciales mediante negociaciones.

Pero el último inciso es el más pertinente para la dirección en la que pretendo enrutar la estrategia de defensa jurídica del Estado desde la ANDJE. La conciliación administrativa debe propender por dos fines: la salvaguarda y la protección del interés general y del patrimonio público. Todo servidor y entidad debe entender que los MASC resultan absolutamente indispensables ante la palmaria falla en el servicio como consecuencia de un mal ejercicio de la función pública en relación con la integridad del fisco, a más de servir para descongestionar la justicia.

En aras de prevenir el daño antijurídico, me presentaré ante el Consejo de Estado para recoger las líneas jurisprudenciales dictadas rigurosamente en la materia e implementarlas en esa concientización al servidor público de su buen ejercicio, como también, ante la Corte Suprema de Justicia, porque cada vez que la Sala Especial de Juzgamiento o la Sala de Casación Penal, en sus instancias, condena o absuelve a un aforado constitucional, dicta cátedra en materia del ejercicio ético de los servidores públicos del más alto rango.

En ese mismo sentido, auspiciaré convenios interadministrativos con la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación —Delegada de Función Pública— para aunar esfuerzos en la activación de la conciliación, entre otros mecanismos de solución de conflictos en el marco formulado hacia ese objetivo.

Por último, gratitud perenne para con mi presidente Abelardo De La Espriella, por la confianza en mi y toda la gloria a Dios.