Ninguna sociedad le cree a un sistema judicial que incumple la ley que ella misma aplica, y lo digo con la convicción de quien ha conocido el sistema judicial desde adentro y sabe que su único capital verdadero es la confianza. Desde los 18 años ingresé a la Rama Judicial de este país y, a lo largo de mi vida profesional, fui recorriendo cada una de las etapas de esa carrera hasta llegar a ser procurador delegado, magistrado del Consejo Superior de la Judicatura, presidente de la Sala Disciplinaria y, posteriormente, presidente del Consejo Superior de la Judicatura y ministro de Justicia. Por eso conozco de primera mano lo que significa que el mérito, la preparación y el cumplimiento de las reglas sean la base para avanzar dentro de la administración de justicia. La Constitución dispuso en su artículo 125 que los empleos del Estado son de carrera y que el ingreso y el ascenso se hacen por concurso de méritos, y en su artículo 253 le encargó a la ley regular el ingreso por carrera a la Fiscalía General de la Nación. Por eso, las denuncias que fiscales de la propia entidad han hecho públicas sobre el concurso para proveer más de 4.000 cargos no pueden despacharse como un chisme de pasillo ni como una pelea burocrática. Tocan la raíz de lo que le da legitimidad a quien acusa en nombre del Estado.
Conviene recordar para qué existe la carrera en la Fiscalía, porque se suele olvidar. Cuando el constituyente de 1991 creó una institución encargada de investigar y acusar, entendió que un fiscal solo puede enfrentarse al poderoso si no le debe el puesto a nadie. La carrera es, en el fondo, un mecanismo de independencia. El fiscal que llegó por mérito responde a la ley y a su conciencia, mientras que el que llegó por recomendación responde, tarde o temprano, a quien lo recomendó. Esa es la razón por la cual el mérito no es un trámite de recursos humanos, sino una garantía institucional que el ciudadano nunca ve y de la cual depende, sin embargo, que su caso sea tratado con imparcialidad.
Hay, además, una enfermedad crónica que quienes hemos transitado por el Ministerio de Justicia conocemos bien: la provisionalidad prolongada. Durante años, buena parte de las plantas de la Rama Judicial y de la Fiscalía se sostuvo con nombramientos provisionales que debían ser transitorios y terminaron volviéndose permanentes, entre otras razones, porque los concursos se demoran y la política encuentra en esa demora una puerta cómoda. La Corte Constitucional ha protegido con razón la estabilidad relativa de los provisionales y ha exigido que su desvinculación sea motivada, pero jamás ha convertido la provisionalidad en una propiedad privada sobre el cargo. Cuando se conforma la lista de elegibles, la plaza le pertenece a quien la ganó. El concurso es, por definición, el momento de la verdad, y quien se presenta y no alcanza el puntaje mínimo pierde la única razón jurídica que tenía para aspirar a quedarse.
Desde esa perspectiva, mi opinión como jurista es que el debate no se agota en si hubo o no mala fe, sino en una figura muy concreta que el derecho administrativo conoce como desviación de poder. La Fiscalía opera con una planta global y flexible que le permite reubicar funcionarios según las necesidades del servicio, y esa flexibilidad es legítima y útil. El problema surge cuando quien tiene esa facultad, aun actuando formalmente dentro de sus competencias, la utiliza para perseguir una finalidad distinta de aquella que la Constitución y la ley le han señalado. Es decir, no se cuestiona que la autoridad pueda reubicar a un funcionario; lo que debe examinarse es para qué lo hace. Esa flexibilidad debe ser una herramienta para servir mejor a la justicia y no un salvavidas para los derrotados del concurso. Si una reubicación no responde a una necesidad real y motivada del servicio, sino que busca devolver por la ventana a un funcionario lo que el concurso le quitó por la puerta, estaríamos ante el ejercicio de una competencia legítima con un fin desviado, torcido y contrario a la finalidad constitucional que la sustenta. Lo que parece ser un acto de administración corriente puede convertirse, en la práctica, en una manera de burlar las reglas del concurso y, por esa vía, en un acto viciado por desviación de poder.
Me preocupa igualmente la denuncia sobre funcionarios posesionados en cargos de otras ciudades que seguirían trabajando en Bogotá mientras su salario se paga desde la nómina regional. Si eso se confirma, deja de ser un asunto reputacional y entra en el terreno de la responsabilidad disciplinaria y fiscal, porque se estaría pagando con recursos de una seccional un servicio que no se presta en ese territorio. Los organismos de control tendrían que mirar el caso con lupa. Y hay algo que, como exministro, me duele de manera particular: las regiones son las que más sufren la congestión, la falta de fiscales y la inseguridad en el ejercicio de la función, de modo que cada cupo regional que se ocupa solo en el papel es una víctima más que espera sin respuesta.
El otro aspecto que no puedo dejar pasar es el de quién decide qué cargos quedan protegidos del concurso. La primera regla de cualquier proceso de selección, del más modesto al más complejo, es que quien lo administra no puede ser beneficiario de sus decisiones. El principio de imparcialidad que el artículo 209 de la Constitución impone a toda la administración pública existe precisamente para evitar que el árbitro escoja su camiseta antes de pitar. Si quienes fijaron las exclusiones se cubrieron a sí mismos y a sus allegados, no estamos ante una discusión técnica, sino ante un conflicto de intereses de manual, y lo mínimo que cabe esperar es que sea investigado con la misma severidad que la Fiscalía exige para los demás.
Tampoco es tolerable la forma como se habría tratado a quienes sí ganaron. La lista de elegibles confiere derechos concretos y uno de ellos es escoger plaza en estricto orden de puntaje. Que ese orden se haya alterado por una falla de conexión a internet no es una anécdota tecnológica, sino un defecto del procedimiento que afecta a los mejores concursantes, y la respuesta jurídicamente correcta es repetir el paso y corregir el error, no encogerse de hombros. Que los afectados hayan tenido que acudir a la tutela y a requerimientos que no habrían tenido respuesta dice mucho de la cultura institucional. Una entidad que exige soportes a un alcalde o a un ministro está en la obligación elemental de contestar oportunamente a sus propios funcionarios, y el silencio no es una estrategia: es una confesión de debilidad.
No sobra ser claro en un punto para que esta crítica conserve su autoridad. Se trata de denuncias que deben verificarse con nombres, resoluciones, puntajes y nóminas sobre la mesa, y reclamo para la fiscal Luz Adriana Camargo la presunción de buena fe que cualquier servidor merece mientras no se pruebe lo contrario. Pero esa presunción no la exime de responder, y la mejor manera de defenderse de una denuncia como esta es abrir las cifras y no esconderlas. Lo diría de cualquier fiscal general, sin importar quién lo haya postulado ni con qué banderas haya llegado, porque el estándar del mérito no tiene color político ni se negocia según la simpatía que despierte el nominador.
El daño, además, no se queda en las paredes del búnker. Cada vez que una institución judicial incumple las reglas que ella misma impone, el ciudadano de a pie concluye que todo está amañado, que la justicia es un club cerrado y que la única credencial valiosa es una buena recomendación. Esa desconfianza es el combustible de la impunidad, porque nadie se arriesga a denunciar ante quien percibe como parte del problema, y no hay política criminal ni reforma judicial que sobreviva a un cuerpo de fiscales sin crédito. Lo he visto en el debate público sobre la justicia y lo sostengo con tranquilidad. Se puede reformar todo lo que se quiera, pero si el acceso a la Fiscalía deja de ser limpio, todo lo demás se construye sobre arena.
La fiscal general tiene la palabra y también la responsabilidad. Le corresponde abrir las cifras del concurso, explicar con soportes cada reubicación, aclarar la situación de los funcionarios con nómina regional, reparar el error que dejó a los mejores puntajes al final de la fila y garantizar que quienes ganaron con su conocimiento y su hoja de vida ocupen de verdad los cargos que ganaron. Las instancias de carrera de la entidad y los organismos de control, por su parte, no pueden mirar para otro lado, porque lo que está en juego es la legalidad del ingreso a la carrera en la institución más poderosa del sistema penal.
Si nada de esto ocurre, la Fiscalía habrá confirmado la sospecha más dañina que puede recaer sobre una entidad de justicia: que el mérito es apenas un adorno para la galería. ¿De qué sirve un concurso si, después de aplicadas sus reglas, existen mecanismos para esquivarlas? La meritocracia sostiene la estabilidad, la independencia y la legitimidad del sistema judicial, y cuando se permite que sea burlada, deja de ser una garantía real para convertirse en una simple apariencia. Un país que ya desconfía de sus instituciones no puede darse el lujo de perder también la confianza en quien tiene la responsabilidad de administrar justicia.