Para frenar de verdad a la delincuencia, el Gobierno de Abelardo De La Espriella evalúa restringir el pago en efectivo en compras inmobiliarias de gran tamaño dentro del nuevo Estatuto Antiterrorista. La idea de fondo es mover todo ese dinero por el sistema bancario para rastrear quién paga y quién recibe, cortándole el paso al lavado de activos, la financiación del terrorismo y la evasión fiscal.
El ministro del Interior, Rodrigo Lara, ha dicho que el proyecto busca golpear duro a las finanzas de las redes criminales. Desde el sector bancario, Jonathan Malagón, presidente de Asobancaria, apoya la iniciativa y resalta que rastrear el dinero al comprar apartamentos, lotes o carros es una herramienta clave para combatir este tipo de delitos.
La intención apunta bien, pero quedarse solo en prohibir el efectivo deja la puerta a medio abrir. Prohibir billetes no asegura que el precio de la escritura sea el valor real del negocio ni garantiza un filtro previo sobre las partes. El artículo 18 del proyecto obliga a notarías y oficinas de registro a consultar el Registro Nacional de Organizaciones y Actores Terroristas antes de tramitar cualquier documento. Si alguien aparece en esa lista, se congelan sus activos de inmediato. De esa forma, el notario deja de ser un simple testigo y pasa a validar que los contratantes estén limpios antes de firmar.
Esa revisión solo va a funcionar si abarca cualquier trámite sobre inmuebles, desde compraventas y permutas hasta cesiones de derechos fiduciarios, hipotecas o aportes a sociedades. Ahí es donde entra el control notarial de fondos. La plata del negocio entra a una cuenta de depósito de la notaría, que se usa únicamente para este fin.
El notario revisa la procedencia de los recursos en las listas de control, liquida y paga los impuestos correspondientes y solo entrega el saldo al vendedor cuando la escritura está inscrita. Si salta alguna alerta por terrorismo, retiene los recursos e informa de inmediato a la UIAF y a las autoridades. Además, este dinero no cuenta como ingreso ni genera obligaciones fiscales para la notaría.
El efecto en el recaudo es directo sin necesidad de inventar cobros nuevos. Si el valor real de la venta coincide con el precio registrado, la base del impuesto de registro, la retención en la fuente y la ganancia ocasional suben de golpe. Así se acaba la costumbre de declarar por debajo del valor real para pagar menos. A la vez, cada venta le da datos reales al catastro, fortaleciendo el impuesto predial de las ciudades a mediano plazo.
Con un déficit fiscal proyectado por el CARF cercano al 7,8 % del PIB para 2026 y al 9,5 % para 2027, hacer cumplir los impuestos actuales da un respiro financiero de forma mucho más eficiente que inventarse más cargas para los mismos de siempre.
Planteé esta propuesta en mi época como superintendente de Notariado y Registro. En ese momento no avanzó porque el marco legal para manejar la cuenta de depósito era complejo y la tecnología de la época no permitía cruzar datos ni conectar notarías, registro y catastro en tiempo real. Hoy el panorama es otro. La evolución digital, los cruces de información instantáneos con la UIAF y la obligación de consulta del propio estatuto hacen que esta herramienta sea aplicable y oportuna.
El modelo francés opera bajo esa lógica. Las transacciones inmobiliarias pasan por el notario, el dinero entra a una cuenta regulada y el uso de efectivo está prácticamente vetado. Los notarios franceses reportan directamente a Tracfin y, aunque el riesgo no desaparece del todo, el sector inmobiliario deja de ser un canal fácil para lavar activos.
Algunos notarios dirán que no tienen la capacidad de asumir esta labor, aunque en la práctica ya aplican el sistema SIPLAFT, retienen impuestos y mandan reportes a la UIAF. Lo único que necesitan son las herramientas tecnológicas que el Estado debe facilitar, como plataformas de pago seguras, cruces automáticos de bases de datos e integración con catastro y registro. La red notarial ya cubre todo el país bajo la supervisión de la Superintendencia, así que el control es totalmente ejecutable.
El Estatuto Antiterrorista atina al buscar la trazabilidad de los pagos grandes y al darle al notariado un rol activo en la revisión de registros. La custodia de fondos, extendida a cualquier negocio sobre inmuebles, es justo lo que vuelve esa intención un control real, verificable y constante, además de generar ingresos para el país sin crear cobros nuevos. Lo que antes no avanzó por frenos legales y falta de tecnología, hoy se puede hacer. Llegó la hora de dar ese paso.