Tal como lo anticipó SEMANA, este martes, 21 de abril, la magistrada Cristina Lombana, de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, llegó hasta las instalaciones de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara.

El objetivo: inspeccionar el expediente contra Gustavo Petro por violación de topes electorales que adelantan los representantes Alirio Uribe y Gloria Arizabaleta, ambos del Pacto Histórico, y Wilmer Carrillo, del Partido de la U. Pretende determinar si los parlamentarios han prevaricado o cuál es la razón de su demora para tomar una decisión.

Lombana tomó la decisión luego de que SEMANA revelara que exclusiva que la intención de los ponentes es archivar el proceso contra el presidente argumentando que todo fue a sus espaldas, una tesis similar a la que salvó al expresidente Ernesto Samper en el escándalo del Proceso 8.000 por el ingreso de dineros de narcotráfico a su campaña presidencial.

El triunvirato afirmará, entre otras razones, que Petro era el candidato y viajaba por el país y tenía un gerente en su campaña, Ricardo Roa, quien estaba al frente de la financiación y consecución de recursos y, por tanto, el político no tenía por qué conocer cómo se financiaban los aviones donde se movilizaba, los testigos electorales, las tarimas, entre otros.

El presidente Petro, la magistrada Cristina Lombana y la Comisión de Acusación del Congreso. Foto: Suministro

SEMANA confirmó que este lunes, 20 de abril, un día antes de la inspección de la magistrada Lombana, el congresista Alirio Uribe, cercano a Gustavo Petro, radicó un escrito de recusación ante la Corte Suprema en contra de la togada que tiene en su poder este medio.

“La recusación que se formula tiene como finalidad garantizar que la actuación continúe bajo la dirección de un funcionario que ofrezca plenas garantías de neutralidad, evitando que el proceso siga siendo conducido por quien, a partir de un conjunto de circunstancias objetivas, permite cuestionar razonablemente su imparcialidad. El análisis de la actuación actualmente desplegada no puede realizarse de manera aislada. Debe ser valorado a la luz de antecedentes documentados que permiten identificar una forma reiterada de ejercicio de la función investigativa por parte de la magistrada Cristina Eugenia Lombana Velásquez”, dijo Uribe.

El presidente Gustavo Petro. Foto: PRESIDENCIA

En ese sentido, “resulta particularmente relevante lo ocurrido en el expediente n.º 5982, dentro del cual la referida magistrada adelantó una actuación investigativa relacionada con supuestos hechos de financiación de campaña presidencial asociados a Gustavo Francisco Petro Urrego. De acuerdo con lo documentado en dicho expediente, la actuación tuvo origen en un insumo inicial cuya autenticidad no pudo ser verificada de manera concluyente, en tanto el documento atribuido a un tercero no fue confirmado por autoridad oficial ni ratificado por su presunto autor. A pesar de esta debilidad estructural en el soporte fáctico, la instructora dispuso un despliegue probatorio amplio, progresivo y no individualizado, materializado en múltiples órdenes de prueba orientadas a la obtención de información patrimonial, financiera, societaria y personal no solo del investigado, sino también de su entorno, incluyendo su núcleo familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad”.

Gustavo Petro, Wilmer Carrillo y Gloria Arizabaleta. Foto: PRESIDENCIA/ GUILLERMO TORRES-SEMANA/ FACEBOOK GLORIA ARIZABALETA

Este proceder- añadió Uribe- no estuvo orientado a la verificación de hechos previamente delimitados, sino a la recolección general e indiscriminada de información, “con el propósito de construir ex post un sustento para la investigación. En tales condiciones, la actuación invierte la lógica propia del proceso penal, en tanto no parte de la existencia de indicios para orientar la actividad probatoria, sino que recurre a la práctica masiva de pruebas con la expectativa de que de ellas surjan los elementos que debieron existir previamente. Se trata, en consecuencia, de una actividad de carácter exploratorio incompatible con los principios de necesidad, finalidad y proporcionalidad que rigen la función investigativa. A este escenario se suma un elemento particularmente grave: la continuidad de la actuación en un contexto de falta de competencia claramente definido”.

Dijo que una vez Gustavo Petro fue declarado Presidente de la República mediante la expedición de la respectiva credencial, “se activó el fuero constitucional que radica de manera exclusiva la competencia investigativa en la Comisión de Investigación y Acusación. No obstante, la actividad probatoria continuó con posterioridad a dicho hito, prolongándose en el tiempo pese a la existencia de un límite competencial objetivo, verificable y jurídicamente incontrovertible. Este hecho no puede ser explicado como un simple error o una duda interpretativa. Se trata de una decisión sostenida de continuar desplegando actividad investigativa a pesar de la pérdida de competencia. Finalmente, pese a la amplitud e intensidad del despliegue probatorio, la actuación no permitió estructurar un sustento fáctico suficiente para la continuación del proceso, lo que condujo a su archivo”.

Cristina Lombana Magistrada de la Corte Suprema de Justicia Foto Corte Suprema de Justicia Foto: Corte Suprema de Justicia

Y agregó: “Cristina Eugenia Lombana Velásquez, en calidad de oficial de las Fuerzas Armadas, tuvo relación de dependencia y subordinación frente al entonces presidente Álvaro Uribe,trabajó en el pasado para Jaime Granados, defensor del Ex presidente Álvaro Uribe Vélez y ha sido apartada en tres ocasiones de los procesos relacionados con Álvaro Uribe Vélez, debido a cuestionamientos sobre su imparcialidad. Esto se debe a que, antes de llegar a la Corte Suprema de Justicia, Lombana fue miembro de las Fuerzas Militares en un periodo en el que Uribe ejercía como presidente de la República, lo que ha generado dudas sobre posibles conflictos de interés”.

A su juicio, “la magistrada Lombana no ofrece garantías de imparcialidad para conocer un caso en mi contra. Su trayectoria como oficial de las Fuerzas Armadas durante el Gobierno del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez, sumado a que la Corte Suprema la ha apartado en tres ocasiones de procesos relacionados con Uribe por cuestionamientos de imparcialidad, configuran un conflicto de interés evidente y una enemistad que aunque no ha sido reconocida por ella salta ala vista en relación con mi previa trayectoria profesional”.

Aún con la recusación sin resolverse, Cristina Lombana adelantó su inspección judicial a la Comisión.