La senadora del Centro Democrático, María Fernanda Cabal, tiene cinco días hábiles para retractarse públicamente de unas explosivas declaraciones que entregó al medio de comunicación La Silla Vacía contra la Unión Patriótica el 29 de octubre de 2025. Además, tendrá que ofrecer excusas públicas, según una decisión de tutela que profirió el Juzgado 45 Civil Municipal de Bogotá.
Cabal textualmente afirmó al medio de comunicación: “La Unión Patriótica fue el brazo político de las Farc. Al ser el brazo político estaba avalando los crímenes de las Farc los secuestros y las desapariciones y el reclutamiento. (…) Ese es el problema y por eso criamos jóvenes con la distorsión de hoy. Los primeros asesinos de la Unión Patriótica fueron las mismas Farc y el ELN. ¿Cuándo van a tener ustedes claro que el Partido Comunista usa como método la depuración? Ellos se asesinan entre ellos. (…) Jamás repita que es que el Estado colombiano fue el exterminador de la UP, porque no es cierto. A la UP los exterminaron las Farc, las Farc empezaron a matar a su propia gente y el ELN. El ELN ha sido de los peores asesinos de la Unión Patriótica”.
La Defensoría del Pueblo instauró una acción de tutela buscando el amparo de la protección de los derechos fundamentales a la verdad, memoria, justicia y reparación integral de las víctimas representadas por la Corporación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (Reiniciar).
Y la juez, Ana Isabel Ariza Giraldo, decidió contra Cabal.
“Ordenar a la senadora María Fernanda Cabal Molina que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de lo aquí decidido, rectifique la información contenida en la entrevista de 29 de octubre de 2025 ante el medio de comunicación La Silla Vacía, en el sentido de presentar una disculpa pública y precisar que en dicha oportunidad se incurrió en error al haber efectuado manifestaciones sobre aspectos respecto del partido político Unión Patriótica y que resultan lesivos de los derechos a la verdad, memoria, justicia y reparación integral de las víctimas representadas por la Corporación para la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (Reiniciar)“, se lee en el resuelve.
Cabal- según la decisión de la juez- “expedirá un comunicado donde se precise todo lo anterior y lo dará a conocer con las mismas condiciones de difusión que tuvo el mensaje que originó la presente acción de tutela, a través de los mismos canales que utilizó inicialmente, de todo lo cual deberá informar a este despacho”.
De acuerdo con la juez Isabel Ariza Giraldo, “ante la ausencia de material probatorio, la emisora del mensaje (Cabal) manifiesta opiniones negativas respecto del nombrado movimiento político y así perpetua la estigmatización de quienes se encuentran reconocidos actualmente como víctimas. De este modo, el parecer subjetivo de la senadora no tiene base cierta verificable y, fuera de esto, en la emisión se omite diferenciar claramente entre hechos y opiniones, lo cual trae como consecuencia la inexactitud del mensaje transmitido, inexactitud que, según la Corte, proviene de la presentación indiferenciada de hechos y opiniones”.
La decisión judicial podrá ser impugnada.