Cada año, miles de colombianos organizan sus periodos de vacaciones laborales, teniendo en cuenta algunas fechas especiales, como festividades y celebraciones importantes de diciembre y enero.
Gracias a la Ley 51 de 1983, “todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, tienen derecho al descanso remunerado los siguientes días de fiesta de carácter civil o religioso”:
- 1 de enero: Año Nuevo
- 6 de enero: Día de los Reyes Magos
- 19 de marzo: Día de San José
- 1 de mayo: Día del Trabajo
- 29 de junio: Día de San Pedro y San Pablo
- 20 de julio: Día de la Independencia
- 7 de agosto: Batalla de Boyacá
- 15 de agosto: Asunción de la Virgen
- 12 de octubre: Día de la Raza o Diversidad Étnica y Cultural
- 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
- 11 de noviembre: Independencia de Cartagena
- 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre: Navidad
- Además, los días Jueves y Viernes Santos, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús.
También se aclara que el descanso remunerado del 6 de enero, 19 de marzo, 29 de junio, 15 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 11 de noviembre, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús cuando no caigan día lunes se trasladarán al lunes siguiente a dicho día.
¿Cuál es el cambio que habrá en cuanto a los festivos?
Según reveló Hernán Olano, decano de la Institución Universitaria Colegios de Colombia (Unicoc) y constitucionalista, en entrevista con Red+ Noticias, para el año 2026, habrá un cambio importante que los colombianos deberán tener en cuenta a la hora de organizar sus viajes y eventos, pues la celebración del Día de los Reyes Magos, que normalmente se lleva a cabo del 6 de enero, sería aplazada para la segunda semana del mes.
“Cuando en Colombia se modificó la estructura de los festivos a los lunes (Ley Emiliani), se conservó esta fiesta el día correspondiente al calendario civil, tal y como también se conservaron el 1 de enero, Jueves y Viernes Santos, 1 de mayo, 20 de julio, 7 de agosto, 8 de diciembre y 25 de diciembre”.
Es decir, debido a que el 6 de enero de 2026 cae un día martes, en cumplimiento con la ley colombiana, este se trasladará al siguiente lunes, el 12 de enero.