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Servicio doméstico

¿Cuánto cuesta realmente tener una empleada doméstica?

Si tiene contratado personal a su cargo, pero olvida que además del pago a esa persona encargada de la limpieza de su vivienda, recuerde las obligaciones que tiene, no vaya a ser que por no estar al día, le pongan una demanda donde su empleada tiene las de ganar.

Camilo Méndez
29 de noviembre de 2017

Probablemente usted es de los que tiene una persona que le ayuda con los quehaceres de su hogar y que va a su casa 1 o 2 veces a la semana.  Normalmente se ve con su empleada justo antes de salir y le dice “Voy de afán, pero le dejé los 40 mil pesitos encima del comedor, en la nevera está el almuercito y me llama cualquier cosa María" o quizás sea de los que está pensando en tener una empleada tiempo completo y pagarle un poquito más del mínimo para que ella misma se cuadre lo de sus aportes a seguridad social.

¿Es su caso? Hacerlo de alguna de estas maneras no es una buena práctica, recuerde que al incluir dentro de sus gastos mensuales el pago de una empleada doméstica, adquiere responsabilidades legales que no deben dejar de ser atendidas, ya que podrían convertirse en sanciones y/o multas de hasta 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes, sin mencionar que su empleada conoce sus derechos y podría imponer acciones legales en dónde tiene todas las de ganar.

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Además, imagínese que usted decidiera no afiliar a su empleada a seguridad social y vivir con los riesgos que esto implica. ¿Sabe qué podría pasar en el caso de algún accidente cocinando o que quizás su empleada se resbale trapeando el piso de su casa por querer ahorrarse los $3.900 que le puede costar pagar la ARL?.

¿Pero realmente a qué tiene derecho y cuánto le cuesta pagar esto? Aquí se lo contamos.

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, los trabajadores domésticos tienen derecho a recibir prestaciones sociales y es obligación del empleador hacer pago de las mismas, según la ley 1788 de 2016.

Recuerde que al realizar aportes al sistema de seguridad social, debe pagar todos los meses mediante un operador de pago (PILA), según las novedades que tenga, o si desea descomplicarse de todos los trámites y hacerlo todo según la ley, en Finanzas Personales le recomendamos Symplifica (https://symplifica.com/) una herramienta web que le ayuda con afiliaciones y pagos electrónicos a los empleados de su hogar, evitándole tareas engorrosas y recordándole las fechas oportunas.

Para que se haga una idea de lo que debe pagar, las entidades a las que debe afiliar a sus empleados son:

  • Salud: los aportes a salud son únicamente para empleados tiempo completo. Un empleado por días deberá pertenecer al régimen subsidiado (SISBEN) para estar cubierto. El aporte equivale al 12,5% del valor del salario. El cual corresponde 8,5% al empleador y el 4% al empleado.
  • Pensión: el aporte de pensión equivale al 16% sobre el salario de su empleada, de los cuales el 12% es pagado por el empleador y el 4% restante por el trabajador.
  • Caja de compensación: es planteado con el fin de mejorar la calidad de vida de los empleados, equivale al 4% sobre el valor del sueldo y es asumido por el empleador.
  • Riesgos profesionales: esta prestación debe pagarse obligatoriamente y ser cubierta en su totalidad por el empleador. El porcentaje a pagar depende del nivel de riesgo de la profesión, en el caso de empleados domésticos es el 0,522% sobre el salario del mismo.

Tanto la caja de compensación como la pensión se pueden pagar fraccionados para los empleados que trabajan por días. Pero tenga en cuenta que a pesar de que debe pagar todos los meses estos aportes para estar cubierto y que su empleada reciba todos los beneficios a los que tiene derecho, existen algunos otros pagos que no son recurrentes y para los cuales le recomendamos ir guardando una platica en su cuenta para no dejarlo todo para el final.

Por ejemplo, en de Navidad, así cómo en su empresa le dan ese medio sueldito extra para premiarlo por su buen trabajo, por ley, su empleada también debe recibir una prima de servicios, o en el caso de que ella quiera irse de vacaciones, no crea que se puede ahorrar esos pesitos los días porque ella no está, recuerde que tiene vacaciones pagas, como en cualquier empresa.

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¿Cuáles son estos pagos no recurrentes y cuanto debería ir guardando mes a mes para no quedarse colgado cuando le toque pagarlo?

Desde el 2016, según la ley 1788 debe pagarle la prima a su empleada, la cual corresponde a un sueldo mensual al año, se da la mitad en junio y la otra mitad en diciembre. Recuerde que, así su empleada trabaje por días debe mensualizar su sueldo y pagarle esta prestación.

En todos los trabajos sus jefes le deben dar un aporte llamado cesantía, el cual debe ser consignado en un fondo todos los febreros, y puede usar esa platica en caso de que quede sin trabajo o quiera gastársela en estudios o compra de vivienda, pues así también usted debe realizar este aporte todos los años y debe ir ahorrando lo equivalente a un sueldo mensual. Además, todos los eneros deben incluirle a su empleada un extrica del 12% de ese salario como intereses por haber guardado ese dinero por todo el año.

Algo que no debe olvidar, pero que también lo regula la ley, es que debe entregarle uniformes de trabajo a su empleada y esta dotación está reglamentada para ser entregada en los meses de abril, agosto y diciembre siempre y cuando ella lleve trabajando más de 3 meses. Tenga en cuenta que no lo puede entregar en dinero, debe comprar usted mismo esta dotación y a pesar de que no hay un valor mínimo o máximo que establezca la ley, la compra debe ser acorde a las labores que desempeñe su empleada.

Y por último, no olvide que así como usted tiene 15 días de vacaciones pagas al año, para ir a la playa o descansar en donde y como quiera, su empleada tiene el mismo derecho, aunque si así lo negocian, ella puede pedir hasta la mitad de estos días en dinero, si su empleada trabaja por día debe fraccionar estas vacaciones.

Entonces si estaba teniendo en mente que contratar a tiempo completo una empleada para su hogar le iba a salir por un salario mínimo, es decir unos $740.000 para el 2017, esta cifra se acerca mucho más al $1.200.000 mensuales teniendo en cuenta las cargas prestacionales y los detalles que conlleva gestionar su día a día.

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Camilo Méndez, CEO de Symplifica