Con la llegada del mes de agosto, muchos colombianos se alistan para presentar su declaración de renta. Este proceso consiste en la radicación de un informe financiero tanto de personas y empresas, que se presenta ante el Estado y que sirve para calcular si el contribuyente debe pagar un impuesto según su capacidad económica.

El calendario para presentar este documento y para también tener que pagar el impuesto de renta en dado caso de que sea responsable de este, ya arrancó desde el pasado 12 de agosto. Sin embargo, tras la emergencia por cuenta del terremoto de hace algunos días, el Gobierno De La Espriella amplió el calendario y lo modificó para varios contribuyentes.

Pese a ello, aquí le contamos cuáles son las cédulas que deberán presentar la declaración de renta para esta semana, comprendida entre el 24 de agosto y el 28 de agosto.

Declaración de renta: las fechas y cédulas que deben declarar entre el 24 y el 28 de agosto
- Últimos dos dígitos de cédula - Fecha
- 15-16 - 24 de agosto
- 17-18 - 25 de agosto
- 19-20 - 26 de agosto
- 21-22 - 27 de agosto
- 23-24 - 28 de agosto
Es importante que sepa que estar obligado a declarar renta no significa que la tenga que pagar, pues luego de que la Dian haga el cruce entre sus ingresos, gastos, deudas y bienes, podría tener un saldo en ceros del impuesto a la renta, e incluso puede tener un saldo a favor.

Tenga en cuenta que usted debe declarar renta, si cumple estos requisitos:
- Que los ingresos totales obtenidos durante el año gravable sean iguales o superiores a $69.718.600.
- Que los consumos realizados mediante tarjetas de crédito alcancen o superen los $69.718.600.
- Que el valor total de las compras y consumos efectuados durante el año sea igual o superior a $69.718.600.
- Que el monto acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sea igual o superior a $69.718.600.
- Que el patrimonio bruto registrado al cierre del año gravable 2025 sea igual o superior a $224.095.500.

