En las dos sedes de la Universidad Distrital se realizaron plantones para protestar en contra del artículo 44 aprobado en el Presupuesto General de la Nación. | Foto: Semana

EDUCACIÓN

¿Qué pasa si se elimina el artículo 44 que generó polémica en universidades?

Ante las especulaciones sobre los alcances del artículo 44 del Presupuesto General de la Nación (PNG), la ministra de Educación, María Victoria Angulo aseguró que MinHacienda hará lo propio para que se elimine. Así las cosas, el Estado seguirá girando los recursos del PNG para el pago de la sentencias judiciales de las universidades.

18 de octubre de 2019

Todo inició como una bola de nieve. El movimiento estudiantil, en cabeza de Jennifer Pedraza y Alejandro Palacio denunciaron en sus cuentas de Twitter que el Gobierno Nacional sacaría recursos a las universidades públicas para pagar fallos o demandas proferidas en contra de la Nación, pues así parecía estar redactado en el artículo 44 del Presupuesto General de la Nación 2020. 

De inmediato las reacciones de académicos y algunos políticos no se hicieron esperar. Los estudiantes anunciaron que saldrían a las calles nuevamente en caso de que el artículo no fuera derogado. “Que la presión de los estudiantes se haga sentir en las calles para que el presidente derogue ese artículo o que la Corte Constitucional lo tumbe. Pero, hoy no nos fiamos de Carrasquilla y menos del presidente Iván Duque”, dijo el presidente del movimiento estudiantil Acrees, Alejandro Palacio.

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El Sistema Universitario Estatal (SUE), en donde se agremian todos los rectores de universidades públicas, también rechazaron el artículo y le exigieron al Ministerio de Educación una explicación, pues para ellos usar sus recursos para pagar obligaciones generales en demandas contra la Nación podría comprometer gravemente la estabilidad las finanzas de las instituciones. 

Ante el descontento de la academia, la ministra de Educación, María Victoria Angulo salió ante los medios de comunicación a aclarar y a desmentir los alcances del artículo 44. "El artículo 44 se ha incluido en los proyectos de presupuesto reiteradamente desde 2002, que ninguna manera socava los recursos asignados a las universidades con base en la ley o en el marco de los acuerdos. Y no tiene como propósito el pago de fallos proferidos contra otras entidades del Estado", explicó la jefe de la cartera de educación. 

El profesor Jorge Espitia Zamora, miembro del Centro de Pensamiento en Política Fiscal de la Universidad Nacional, en entrevista con la Agencia UN coincidió con la ministra respecto a que el artículo ya se ha incluído en el Presupuesto General de la Nación en otras ocasiones. "En virtud de la autonomía consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política, las universidades estatales pagarán las sentencias o los fallos proferidos en contra de la Nación con los recursos asignados por parte de esta, en cumplimiento del artículo 86 de la Ley 30 de 1992”, es el texto que fue aprobado finalmente después de la intervención del ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla.

Para el docente, lo que busca el Gobierno con el artículo 44 es que se cubran las sentencias promulgadas en contra de las universidades públicas y no todas las que se realicen contra el Estado colombiano.

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Sin embargo, para Espitia, que las instituciones paguen con presupuestos propios o regionales las sentencias y fallos que reciben por demandas, por ejemplo, en materia laboral, afectará financieramente a universidades departamentales y municipales, como la del Valle, la de Antioquia o la Distritalpues quedarían expuestas a responder las demandas que reciban con recursos propios o de los presupuestos departamental o municipal."Ya que si los presupuestos regionales no los apoyan se van a ver afectados los recursos de estas entidades territoriales”, manifiesta el profesor, quien opina que con estas medidas el Gobierno se está cuidando de las sentencias que en un futuro le pueden caer a estas universidades.

En el caso de universidades de orden nacional, como la Universidad Nacional, Espitia considera que existe la posibilidad, aún con el artículo aprobado, de que las demandas y sentencias en su contra sean cubiertas por el presupuesto general de la Nación si el Gobierno lo decide así ante sentencias y fallos de altos montos.

Así las cosas, para evitar más especulaciones, la ministra de Educación, María Victoria Angulo expresó que el Ministerio de Hacienda hará lo propio para que este artículo ya no esté en el Presupuesto General de la Nación. En caso de ser eliminado, la ministra explicó que, "el Estado continuará como lo ha hecho todos los años destinando y girando los recursos del presupuesto nacional requeridos para el pago de la sentencias judiciales de las universidades", concluyó.