| Foto: Esteban Vega

EDUCACIÓN

Gobierno explica artículo en el presupuesto que tiene en alerta al movimiento estudiantil

Los jóvenes se preparan para exigir en las calles y en la mesa de diálogo que se elimine el artículo 44 del Presupuesto General de la Nación. La Ministra de Educación explicó que dicho texto no afecta en nada la inversión en el sector.

17 de octubre de 2019

En las últimas semanas las protestas estudiantiles volvieron a ser protagonistas en la agenda educativa y tal parece que lo serán en las siguientes. El movimiento estudiantil que organizó el paro estudiantil de más de dos meses el pasado octubre, aseguró que tendrán que recurrir nuevamente a las movilizaciones para que el Gobierno no use los recursos de la educación superior pública para otros fines.

Esta vez, los estudiantes están indignados con el artículo 44 del Presupuesto General de la Nación 2020 que quedó aprobado el miércoles en la noche. En este se menciona que los recursos de las universidades públicas se podrán usar para pagar las sentencias o fallos proferidos en contra de la Nación con los recursos asignados por medio del artículo 86 de la Ley 30.

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Para Alejandro Palacio, presidente de la Asociación Colombiana de Representantes Estudiantiles de la Educación Superior (Acrees) esto es una locura.Si hoy a la Universidad Nacional le dicen que debe pagar una sentencia del Estado por una ejecución extrajudicial, que es lo que hoy permitiría este artículo, con sus recursos de Ley 30, la Nacional va a tener que quitar recursos para el pago de nómina de sus docentes y administrativos y aumentar el faltante de funcionamiento”, explicó Palacio sobre  el impacto económico de este artículo en las instituciones públicas. 

La congresista María José Pizarro también hizo un llamado al Gobierno para que sea sensato, pues asegura que con este artículo se le está dando todos los argumentos a los estudiantes para salir a protestar nuevamente.  

“No se le ha cumplido a cabalidad los acuerdos que se firmaron en diciembre. Los jóvenes salen repetidamente y masivamente a protestar por el incumplimiento y porque además se están robando los recursos de las universidades públicas, como en la Universidad Distrital y la mejor fórmula que se nos ocurre para que los jóvenes no salgan a marchar es aprobando un artículo en el Presupuesto en el que dice que tendrán que pagar las sentencias o fallos proferidos contra la Nación, además de que no tiene un peso para funcionar ni para la investigación. El llamado es a la sensatez”. 

Aunque el artículo fue aprobado en el Senado, en la Cámara, donde el debate se extendió por horas, fue hundido. Sin embargo, fue votado nuevamente y terminó siendo aprobado con el compromiso del Gobierno de volver a revisarlo.  “El Gobierno Nacional estudiará con ustedes la manera de corregir y expresar mejor la voluntad de la Cámara”, dijo el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla. 

Sin embargo, el movimiento estudiantil no confía en las palabras del ministro. Palacio aseguró que solo tienen dos alternativas: “Que la presión de los estudiantes se haga sentir en las calles para que el presidente derogue ese artículo o que la Corte Constitucional lo tumbe. Pero, hoy no nos fiamos de Carrasquilla y menos del presidente Iván Duque”.

Este jueves, la ministra de Educación, María Victoria Angulo, explicó los reales alcances del artículo 44. A través de un comunicado de prensa, dijo: "Es importante resaltar que el artículo 44 del proyecto de ley de presupuesto para el 2020 ha estado durante los últimos 17 años en todas las leyes de presupuesto con la misma redacción. Este artículo tiene como propósito que las universidades públicas, como todas las entidades estatales que tienen a su cargo la administración de recursos públicos, en el marco del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en sus artículos 192 y 195, sean las encargadas de atender los fallos o sentencias proferidos en su contra".

La ministra agregó: "Es por ello que cada entidad pública, incluidas las universidades, dentro de los ejercicios presupuestales de cada vigencia, debe incorporar un rubro específico para el pago del contingente judicial, el cual no se puede trasladar a otros rubros y que, en todo caso, dichos recursos provienen del Presupuesto General de la Nación y serán inembargables".

Sobre las preocupaciones de los estudiantes, la ministra afirmó: "Este artículo de ninguna manera socava los recursos asignados a las universidades con base en la Ley o en el marco de los acuerdos, a la vez que no tiene como propósito el pago de fallos proferidos contra otras entidades del Estado".