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El sector manufacturo y el sector de construcción en zonas no residenciales funcionarán entre las 10:00 a.m. y las 5:00 a.m. | Foto: Alcaldía Mayor de Bogotá

BOGOTÁ

Nuevos horarios para las actividades económicas en Bogotá

La Alcaldía de Bogotá publicó el Decreto 143 en el que definió las nuevas medidas de aislamiento, entre las que se incluyen los horarios para desarrollar actividades económicas, que intentan evitar aglomeraciones en el transporte público y en las calles.

16 de junio de 2020

La Alcaldía de Bogotá publicó el Decreto 143 en el que definió las nuevas medidas de aislamiento, entre las que se incluyen los horarios para desarrollar actividades económicas.

De acuerdo con el documento publicado el lunes en la noche y con el fin de minimizar las aglomeraciones en el transporte público y mitigar la propagación del coronavirus, los sectores económicos exceptuados de la medida de aislamiento preventivo obligatorio deberán funcionar en horarios que van desde las 10 a.m., hasta las 5:00 a.m.

Así, por ejemplo,  el sector manufacturo y el sector de construcción en zonas no residenciales funcionarán entre las 10:00 a.m. y las 5:00 a.m.; por su parte, el sector de la construcción en zonas residenciales manejará una jornada que va entre las 10:00 a.m. y las 8:00 p.m.

En cuanto al comercio al por mayor y detal de bienes no esenciales y servicios con atención al público, se dispuso que pueden ejercer sus actividades entre el medio día y la media noche.

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Las actividades profesionales, técnicas y de servicios en general deberán establecer turnos diferenciados y el 80% de sus actividades deberán realizarse en modalidades de teletrabajo o trabajo en casa, según quedó fijado en el texto final.

Como venia sucediendo, el comercio de bienes esenciales, de primera necesidad, servicios de salud y otros no presentan ninguna restricción.

Trabajo doméstico

Una de las actividades más golpeadas en medio de la cuarentena fue el de los servicios domésticos, pues por obvias razones no habían podido ejercer sus labores durante el aislamiento.

En el Decreto, la Alcaldía definió que las trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico remunerado podrán reiniciar la prestación de sus servicios, acordando con su empleador el inicio de su jornada de trabajo a partir de las 10:00 a.m., con el fin de no saturar la capacidad de operación del transporte público en las horas pico. 

Para esto, “los empleadores deberán garantizar el suministro de los elementos de bioseguridad y protección necesarios a los trabajadores, de conformidad con lo establecido en la Resolución 666 del Ministerio de Salud y Protección Social y demás normas que se expidan”.

Vale destacar que este horario no cobija a las personas que presten asistencia y cuidado a niños, niñas, adolescentes, personas mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado.

Entidades públicas

Otro de los puntos a desatacar del Decreto que promulgó la alerta naranja en la ciudad, fue el de establecer las 10 de la mañana como hora de inicio de la jornada de atención al público en las entidades públicas que tengan sede en Bogotá.