Judicial

‘Chuzadas’ a Álvaro Uribe y relojes espía de Monsalve: Tribunal definirá si esas pruebas son usadas en juicio contra el expresidente

Este martes, la Sala Penal resolverá el recurso de apelación presentado por la defensa del exmandatario y el representante del Ministerio Público.

4 de febrero de 2025, 10:54 a. m.
"Álvaro Uribe, buenos días": así decía el audio de la primera interceptación de la corte. | Foto: Fotomontaje SEMANA

Un capítulo trascendental se escribirá este martes 4 de febrero en el proceso que se adelanta en contra del expresidente Álvaro Uribe Vélez por su presunta participación y responsabilidad en la manipulación y presión a testigos.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá definirá las pruebas documentales, testimoniales y técnicas que serán tenidas en cuenta definitivamente en el extenso proceso judicial contra el exmandatario por los delitos de fraude procesal, soborno a testigos y soborno en actuación penal.

El expresidente Álvaro Uribe.
El expresidente Álvaro Uribe. | Foto: Nicole Levy.

En noviembre pasado, tras las extensas audiencias preliminares, la defensa del exmandatario —liderada por el abogado penalista Jaime Granados Peña— pidió la exclusión de las 28 interpretaciones telefónicas que registró “por error” la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en el año 2018.

En estas se escuchaba al entonces senador Álvaro Uribe Vélez hablando con el abogado Diego Cadena Ramírez. Lo mencionado en esas comunicaciones fue clave para que, en agosto de 2020, la Corte Suprema de Justicia ordenará medida de aseguramiento privativa de la libertad en contra del expresidente por considerar que podría afectar el desarrollo de la investigación.

La historia de esas escuchas siempre ha sido controversial. La Corte Suprema adujo que había incluido el número del expresidente, por error, en las escuchas de un proceso contra el congresista Nilton Córdoba. Sin embargo, desde la primera llamada era claro que se trataba del exmandatario. “Buenos días, Álvaro Uribe”, dice el expresidente en la primera interceptación. La defensa siempre ha dicho que desde el primer momento era claro que no se trataba del congresista.

"Álvaro Uribe, buenos días": el audio de la primera interceptación de la corte | Videos Semana

Durante el proceso se conoció el testimonio de Óscar Álvarez, el analista del CTI que realizó el procedimiento judicial. En su declaración a la Fiscalía, el funcionario aseguró que, cuando le dieron la orden de hacer la interceptación, él no sabía que se trataba del exmandatario.

“La autoridad respectiva ya sabía que A no era B”: funcionario que interceptó a Uribe | Semana Tv

“¿Yo cómo iba a saber desde antes que el abonado era el señor Uribe Vélez?”, dijo en su testimonio ante la Fiscalía. Según Álvarez, él comentó la situación a sus superiores una vez se dio cuenta de que la persona que estaba siendo escuchada no era el parlamentario, sino el exmandatario. “Informé. No es A es B. Se informó al gerente del caso. Se informó a la autoridad competente”, señala.

Igualmente, pese a los constantes reclamos, lo dicho allí entre los dos interlocutores fue citado en repetidas oportunidades durante la presentación de escrito acusación en contra de Uribe en mayo de 2024 por parte de la Fiscalía General.

En la apelación, Jaime Granados asegura que esto representa una vulneración de los derechos al debido proceso y de la defensa del expresidente Uribe, puesto que se trata de una conversación que fue interceptada sin una justificación válida. Debido a esto, consideró que no pueden ser tenidas en juicio, pues tienen un origen ilegal, lo que va en contravía de la ley y de la Constitución Política de Colombia.

  El abogado Jaime Granados anunció la presentación de una denuncia por la manipulación de las pruebas. Esperan dar con los responsables.
El abogado Jaime Granados anunció la presentación de una denuncia por la manipulación de las pruebas. Esperan dar con los responsables. | Foto: COLPRENSA ©

El penalista fue más allá y aseguró que esta interceptación vulnera los derechos del secreto profesional que tiene el respectivo abogado con su cliente, y que no pueden ser utilizados bajo ningún motivo en su contra.

Esos argumentos fueron apoyados por el delegado del Ministerio Público, Bladimir Cuello, que pidió respetar los derechos fundamentales del procesado.

El otro punto clave en la apelación está relacionado con los dos relojes que contenían cámara y micrófono que fueron ingresados a la cárcel La Picota, donde se encontraba el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, el considerado testigo clave en este proceso judicial.

La defensa del expresidente cuestionó la cadena de custodia de la información recolectada en los mencionados relojes espía, advirtiendo, además, que un informe pericial hecho por un experto que trabaja en su bufete determinó que existió manipulación y eliminación de evidencia.

Sin embargo, la jueza 44 de conocimiento no admitió estos argumentos al indicar que no se justificó debidamente el informe pericial privado.

Debido a esto, la defensa exmandatario alegó que la jueza de su caso tenía un sesgo en su contra, pues avalaba pruebas ilegales y que reñían con los principios constitucionales.

“¿No se puede tomar a una persona como responsable hasta que no sea vencida en un juicio?”, alegó el abogado. “¿Acaso la norma rectora que rige la presunción de inocencia de la Ley 906 de 2004 no es de tal alcance o magnitud que diga que no solamente toda persona se presume inocente, sino que debe ser tratada como tal, hasta que no quede demostrada como culpable hasta que no quede en firme la decisión judicial?”, cuestionó Granados.