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Corte no abrirá investigación contra Petro por financiación de su campaña presidencial de 2018

El presidente electo Gustavo Petro a la fecha no ha renunciado a su cargo como senador, “por lo cual su juez natural sigue siendo la Corte Suprema de Justicia”.

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6 de julio de 2022 a las 10:09 p. m.
La Sala de Instrucciones del alto tribunal determinó que no adelantará la investigación contra el mandatario electo. Foto: Luisa González y Guillermo Torres. Montaje SEMANA.
La Sala de Instrucciones del alto tribunal determinó que no adelantará la investigación contra el mandatario electo. Foto: Luisa González y Guillermo Torres. Montaje SEMANA. Foto: Foto: Luisa González y Guillermo Torres. Montaje SEMANA.

Este miércoles 6 de julio, la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia “se inhibió de abrir una investigación penal contra el senador y presidente electo, Gustavo Petro Urrego”, por una presunta financiación irregular de su campaña para las elecciones presidenciales de 2018, que perdió con el actual presidente de Colombia Iván Duque.

La Sala de Instrucción también aclaró que, aunque el Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió la correspondiente credencial, no es menos cierto que Gustavo Petro a la fecha no ha renunciado a su cargo, “por lo cual su juez natural sigue siendo hasta el momento la Corte Suprema de Justicia”.

La Corte también concluyó que “no hay evidencia de que las Sociedades Monómeros S. A., Ecofertil S. A., Sociedad Portuaria Monómeros Colombia y la Fundación Monómeros para el Mejoramiento de la Calidad de Vida, de origen extranjero, hayan realizado aportes a la campaña presidencial de 2018 del investigado”.

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En el comunicado de la Corte Suprema se informó que en la campaña “Petro Presidente 2018″, algunas personas que contribuyeron económicamente, por su desempeño laboral, son servidores públicos; en todo caso lo que se reprime punitivamente es en realidad el desconocimiento grosero de las regulaciones legales que proscriben ese tipo de aportes”.

Además, la Corte Suprema de Justicia también determinó que “el equipo de la campaña tomó todas las prevenciones y medidas necesarias para evitar que ingresaran dineros de procedencia indebida”; por otra parte, el candidato “no permitió deliberadamente esos ingresos patrimoniales a su campaña”.

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Por último, la Sala Especial “concluyó que no se configuró el delito de financiación de campañas electorales con fuentes prohibidas u otra conducta punible”.

Archivan demanda contra Petro en España por secuestro de Pacheco

La Audiencia Nacional de España tomó una decisión sobre la demanda que cursaba en contra de Gustavo Petro por el secuestro del presentador Fernando González Pacheco, cuando el hoy presidente electo militaba en la guerrilla del M-19.

El proceso fue archivado al no encontrar méritos suficientes para investigar el caso, considerando que la acción fue interpuesta por alguien que no fue víctima directa de lo sucedido y los hechos ocurrieron en Colombia, no en España, sumado a que las personas a las que señalan del delito tampoco son oriundas de ese país del Antiguo Continente.

Es de resaltar que la acción judicial fue interpuesta en plena contienda electoral por François Cavard, un periodista que logró llevar el proceso a España, en razón de la jurisdicción universal.

Cavard descubrió, a través de los mismos reportes del Centro de Memoria Histórica, que en contra de Gustavo Petro y el M-19 existen reconocidos o indagados más de 5.900 crímenes y en su momento advirtió que su denuncia estaba lejos de los escenarios políticos, pues al parecer llevaba años pidiendo la investigación.

Según lo reveló en su momento la agencia de prensa Europa Press, la denuncia hacía referencia a la privación de la libertad del fallecido periodista Fernando González Pacheco. De este modo, Petro fue acusado por haber pertenecido a la extinta organización guerrillera del M-19.

La admisión a trámite de esa denuncia se dio a conocer un día después de que el ahora mandatario electo consiguiera la victoria en primera vuelta de las elecciones presidenciales el pasado 28 de mayo.

Quienes valoraron el caso les causó extrañeza que fuera admitida la demanda, debido a que no cumple con requisitos básicos de nacionalidad entre el demandado y el demandante, además de que el lugar de los hechos no fue España.

En la decisión aclaran que esa investigación solo es competencia de la Fiscalía, pues es la entidad encargada de indagar los delitos mencionados dentro de la acción judicial. Además, resaltaron que la información aportada no es suficiente para verificar la nacionalidad de Pacheco e incluso que no hay datos concretos de las circunstancias que rodearon los hechos ocurridos el 23 de julio de 1981, cuando se conoció la noticia del secuestro.