El Gobierno nacional decidió suspender temporalmente el uso de quemas abiertas controladas en zonas rurales, ante las condiciones que aumentan el riesgo de incendios forestales en el país. La medida quedó establecida en la Resolución 1070 del 21 de agosto de 2026, expedida por el Ministerio de Ambiente.

¿Qué quemas quedan suspendidas?
La disposición cobija las quemas abiertas controladas utilizadas para preparar terrenos agrícolas, descapotar áreas destinadas a actividades mineras, manejar residuos de cosechas y rastrojos, así como aquellas empleadas para enfrentar los efectos de las heladas.
La decisión no significa que toda actividad relacionada con el fuego quede prohibida. Las autoridades ambientales podrán permitir excepciones en determinados territorios, pero deberán justificar técnicamente la decisión y demostrar que la actividad no elevará el riesgo de incendios.
Para el 15 de agosto, 539 municipios tenían algún nivel de alerta por incendios: 235 en alerta roja, 177 naranja y 127 amarilla. Además, la UNGRD había reportado 600 incendios forestales en 226 municipios, con cerca de 14.872 hectáreas afectadas.
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El Ministerio de Ambiente explicó que las condiciones actuales aumentan la vulnerabilidad de la vegetación. La entidad señaló que las quemas, incluso cuando son controladas, generan contaminantes como material particulado y pueden convertirse en una fuente de propagación del fuego.
El riesgo de incendios ya es elevado
La medida llega en un escenario de alta amenaza. Según la información incluida en la resolución, al 15 de agosto había 539 municipios con algún nivel de alerta por incendios de cobertura vegetal: 235 en roja, 177 en naranja y 127 en amarilla.
Además, la UNGRD registraba 600 incendios forestales en 226 municipios de 21 departamentos, con cerca de 14.872 hectáreas afectadas.
El Ministerio de Ambiente ya había advertido sobre la importancia de evitar estas prácticas. En una publicación del 15 de agosto, la entidad señaló que “el 95 % de los incendios forestales se atribuye a acciones humanas”, entre ellas las quemas y las fogatas.
¿Qué pasa si alguien incumple?
La Resolución 1070 establece que el incumplimiento puede dar lugar a medidas preventivas y sanciones ambientales, de acuerdo con el régimen establecido en la legislación vigente.
La norma también contempla la intervención de las autoridades de Policía y de las autoridades judiciales. Dependiendo de cada caso, podrían aplicarse medidas correctivas o adelantarse actuaciones por posibles delitos contra los recursos naturales y el medioambiente.
¿Qué pasa si se incumple la norma?
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Implica procesos sancionatorios, multas, correctivos de la @PoliciaColombia e incluso acciones penales por delitos contra los recursos naturales.
La suspensión terminará automáticamente cuando el @IDEAMColombia informe oficialmente que cesaron… pic.twitter.com/HrrjGmsdZE
La resolución no fija una multa específica, sino que remite a las sanciones contempladas en las normas correspondientes.
La restricción permanecerá vigente hasta que el IDEAM informe oficialmente que cesaron las condiciones de El Niño que motivaron su adopción.
Mientras tanto, el Gobierno plantea sustituir el fuego por alternativas como el manejo y aprovechamiento de residuos de cosecha o la preparación mecánica de los terrenos.
