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| Foto: Archivo particular

Justicia

JEP no admite a alias Marquitos Figueroa, el narco amigo del Ñeñe

Los magistrados de la jurisdicción de paz confirmaron la negativa de primera instancia a la solicitud de sometimiento formulada por el narcotraficante. La razón es que sus procesos nada tienen que ver con el conflicto armado.

11 de marzo de 2020

En una decisión de cierre, la Sección de Apelación la JEP determinó que definitivamente la banda narcocriminal que lideraba Marcos de Jesús Figueroa, más conocido como Marquitos Figueroa, en probable alianza con Juan Francisco ‘Kiko‘ Gómez, el exgobernador de La Guajira, no tiene la calidad de actor del conflicto armado. De esta forma los magistrados confirmaron el rechazo al sometimiento de Figueroa y, en consecuencia, la concesión de cualquier beneficio propio de la justicia transcional.

La Sección de Apelación dejó en firme los argumentos según los cuales la JEP no tiene competencia sobre Figueroa. La determinación se da tres meses después de la negativa de primera instancia, y en un momento en que el nombre de Marquitos Figueroa está en boca de todo el país político dado el escándalo por los audios del Ñeñe Hernández. Como se sabe, la semana pasada se conocieron intereceptaciones del Ñeñe, hoy muerto, en el que este deja entrever que apoyó la campaña a la presidencia de Iván Duque con compra de votos y otras prácticas ilegales. El escándalo radica en que el Ñeñe tenía varias investigaciones en la Fiscalía por enriquecimiento ilícito y homicidio. Además es sabido que fue testaferro de Marquitos Figueroa, a quien la JEP le cierra la puerta definitivamente.  

La Sección de Apelación de la JEP determinó que los expedientes de Figueroa no guardan relación con el conflicto armado.  “Las conductas punibles desplegadas por Figueroa García tuvieron lugar en su presunta calidad de líder de una banda criminal dedicada, entre otros delitos, contrabando de gasolina, tráfico de estupefacientes, secuestro, homicidios selectivos, amenazas, extorsiones, hurtos, masacres, con gran poderío, principalmente, en los departamentos de La Guajira, Cesar y Magdalena". Ese fue el argumento fundamental para la negativa a su petición de sometimiento. 

Los magistrados consideraron que en esa región coexistieron, para la época en que sucedieron los hechos por los que Figueroa está siendo investigado, "diferentes actores del conflicto armado, como el Frente 59 de las extintas Farc EP y el Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia". Sin embargo, la JEP determinó que esto no implica que la banda criminalde Figueroa García y “Kiko Gómez" tuviera la calidad de actor del conflicto armado.

Ello fue corroborado por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y el Grupo de Atención Humanitaria al Desmovilizado del Ministerio de Defensa Nacional que informaron a la JEP que Figueroa no ha sido acreditado como integrante de las Farc EP ni como desmovilizado de las Autodefensas Unidas de Colombia.

Figueroa había solicitado su sometimiento el pasado 18 de octubre de 2018 a la JEP, aduciendo que lideraba una organización criminal que había participado de todos los fenómenos de violencia en los departamentos de La Guajira, Cesar y Magdalena en el transcurso de los años 1995 al año 2014, y que había sido asociada presuntamente con las Farc y con las Autodefensas Unidas de Colombia.

En la Jurisdicción ordinaria, Figueroa está siendo procesado por los delitos de homicidio agravado en concurso heterogéneo y simultáneo con fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos, y concierto para delinquir, en modalidad dolosa y a título de autor responsable.