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"Implicados en Odebrecht no serán excarcelados en diciembre"

Iván González Amado, coordinador del Comité Técnico del Consejo Superior de Política Criminal, rechaza la propuesta de Jubileo para los presos y analiza el proyecto del ministerio de Justicia sobre excarcelaciones y rebaja de penas.

3 de mayo de 2017

Semana.com: ¿En qué consisten los conceptos del Consejo Superior de Política Criminal frente a los proyectos que buscan la excarcelación de presos por jubileo?

Iván González Amado: Son tres proyectos de ley de iniciativa legislativa que tienen como fundamento la rebaja de pena por la visita del papa Francisco a Colombia. Fueron analizados por el comité técnico y se encontró que las razones que se dieron para pedir la rebaja de pena no resultan acordes con la Constitución Nacional. De hecho, la corte de antaño ha establecido que medidas de este tipo no pueden fundamentarse en creencias religiosas, en razón a que el Estado colombiano es laico y por consiguiente no puede asociarse a la celebración de una venida de los jerarcas de cualquier Iglesia para tomar medidas de política criminal. Esos tres proyectos, como lo propuso el Comité Técnico, fueron considerados inconstitucionales en el concepto emitido por el Consejo Superior.

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Semana.com: Existe un proyecto más, el del Gobierno, que también fue rechazado ¿por qué?

I.G.A.: El otro proyecto fue el presentado por el Ministerio de Justicia, no se fundamentaba en las razones de la venida del papa, sino en razones a política criminal. El comité, al analizar el proyecto de ley presentado por el Ministerio de Justicia, lo que encontró es que en la fundamentación del proyecto de ley no se explicaron suficientemente las razones de política criminal que justifican la medida de este carácter. Al no justificar el contenido del proyecto de ley el comité técnico encontró deficiencias y se presentó una propuesta desfavorable al Consejo Superior, que en definitiva avaló esta línea. Lo que encontramos es que efectivamente hay unas medidas de política criminal dentro de las cuales se puede inscribir una rebaja de penas con miras a buscar el deshacinamiento de las cárceles. Pero es insuficiente simplemente proponer la medida si no se compagina con otras medidas. Como por ejemplo, con el proyecto de ley 148 que reforma el Código penitenciario y carcelario, medidas que estén establecidas en un Plan de Política Nacional de Criminal, o con el contenido de un Conpes de Política criminal cuyo contenido también se está elaborando.  En este proyecto nos encontramos que faltan elementos importantes para mostrar relación de liberación anticipada con la política criminal del Estado.

Semana.com: ¿La decisión se adoptó de manera unánime?

I.G.A.: No hubo unanimidad en el voto, pero por votación mayoritaria los proyectos no fueron avalados.

Semana.com: ¿Cuál es la postura de la Fiscalía que ha sido tan crítica?

I.G.A.: La Fiscalía al igual que otras entidades que conforman el Consejo Superior de Política Criminal rechazan este tipo de medidas porque consideran que al liberar anticipadamente a las personas condenadas pueden generarse condiciones de inseguridad para la ciudadanía.

Semana.com: Y de las altas cortes...

I.G.A.: En el comité técnico, la Corte Suprema de Justicia manifestó su opinión acerca de la necesidad de revisar el sistema punitivo colombiano. De hecho, la idea de impulsar un proyecto de rebaja de penas, de racionalización de las sanciones de medidas alternativas a la prisión fue expuesta por la misma Corte Suprema.

Semana.com: Pese al concepto, el Gobierno insistiría en el proyecto ante el Congreso ¿qué opina?  

I.G.A.: En el comité lo que se consideró es que efectivamente el proyecto de ley del Ministerio de Justicia puede tener éxito eventualmente en el Congreso a condición de que se expliquen suficientemente las razones de política criminal en donde se toma una medida de esta naturaleza. En el comité técnico se presentó la idea de que el Gobierno y el Estado lo que deben elaborar es el debate general de una racionalización de las penas privativas de la libertad.

Semana.com: ¿no es un mal precedente que por encima del concepto se siga el trámite?

I.G.A.: Es necesario que el Congreso debata el tema no solo desde el punto de vista del contenido de la política criminal, sino de la proporcionalidad de las penas, que es en últimas lo importante de un proyecto de esta naturaleza. Yo particularmente considero que las penas en Colombia están muy elevadas, por lo tanto reducirlas para condenados debe ser una medida de política criminal. De manera que hay un debate que se tiene que dar en el Congreso y me parece bien que el proyecto haga el trámite de discusión democrática allí.

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Semana.com: ¿Qué evaluación hace frente a que el Gobierno presente el proyecto?

I.G.A.: El comité lo que consideró es que efectivamente el proyecto de ley del Ministerio de Justicia puede tener éxito eventualmente legislativo a condición de que se expliquen suficientemente las razones de política criminal en donde se toma una medida de esta naturaleza.

Semana.com: La reducción de penas no es lo único que ha sido cuestionado del proyecto, también se prevé una excarcelación masiva de presos con condenas bajas...

I.G.A.: Es cierto, no es lo único ni el principal objetivo del proyecto. El principal objetivo es tratar de aliviar la presión que tiene el sistema penitenciario en estos momentos. Tiene una gran congestión, hacinamiento elevado y una violación de derechos fundamentales persistentes, como lo reconoce la Corte Constitucional en tres sentencias. De tal manera que es urgente aliviar la presión mientras se toman medidas de política criminal más estructurales que permitan tener un sistema penitenciario más respetuoso de los derechos fundamentales de los reclusos.

Semana.com: ¿Qué responderle al fiscal general que dice que esto es darle las llaves de las cárceles a los delincuentes?

I.G.A.: El fiscal está comprometido con su función pero me parece que es una posición equivocada. En Colombia no tenemos una gama de alternativas que permitan racionalizar la sanción para determinados comportamientos. Todos los comportamientos que consideramos delictivos siempre los sancionamos con cárcel, eso es un recurso en el cual estamos atrasados frente a otros países que tienen una serie de medidas alternativas, que además tienen una reacción efectiva frente a la prevención de la criminalidad. Cuando pensamos en sanción no pensamos sino en prisión, y la prisión genera muchos efectos negativos de la población que podría haber sido sancionada con medidas de otra naturaleza.

Semana.com: El fiscal dice que si seguimos así los implicados en Odebrecht estarán en sus casas en diciembre ¿dónde sí se debe admitir rebaja y dónde no para no caer en impunidad?

I.G.A.: Creo que anunciar excarcelación masiva de los protagonistas de corrupción es una visión incompleta de la solución, no es eso lo que se persigue y los implicados de Odebrecht no saldrán excarcelados en diciembre. Hay distintas concepciones frente a lo que debe ser la política criminal, yo particularmente soy de la idea de que el Estado colombiano endurezca la sanción y la reacción de delitos graves pero reduzca la prisión para delitos leves.  Además debe haber diferencias importantes en las sanciones de las conductas graves frente a las leves. Estoy de acuerdo con el fiscal y en general con las posiciones oficiales del Estado en que la corrupción debe ser perseguida y sancionada. Pero eso no quiere decir que en todos los casos tenga que acudirse siempre a detención preventiva. 

Semana.com: ¿Insistir en este proyecto tiene algo que ver con que Colombia esté a dos comités de ingresar a la Ocde y que necesite demostrar el cumplimiento de compromisos? 

I.G.A.: Pienso que la posibilidad del ingreso de Colombia a la Ocde ha puesto en la política pública aspectos que han sido ya superados. El país cumple con requisitos. Por ejemplo, en la Ocde hay preocupación frente a sanciones de cierto tipo de comportamientos y se habla de sanciones necesarias frente a criminalidad grave. Pero fíjese usted que la Ocde frente a criminalidad grave se remite a la Convención contra la Criminalidad Trasnacional. Y allí, en la Convención contra la Criminalidad Trasnacional, se define la criminalidad grave con relación a delitos que tienen más de cuatro años de prisión. Eso representa casi que la mayoría de delitos en Colombia. Tenemos para hurtos penas de más de cuatro años. No es que Colombia no haya realizado este tipo de actividades sino que desde antes de intentar su ingreso ya tenía penas muy altas.

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Semana.com: Y frente a las otras iniciativas qué esperan, ¿que se acoja el concepto? 

I.G.A.: Sí, claro porque la posición de la Corte Constitucional es clara de no encontrar ajustadas a la Constitución las medidas basadas en elementos religiosos. De tal manera que pienso que el Congreso debería revisar el concepto de la corte, y con esa base sería suficiente para que se parara el trámite de las iniciativas legislativas.