En Colombia, cumplir muchos años ya no puede ser una razón legal para acabar con la vida de un animal. La Corte Constitucional tomó esta decisión al revisar una norma que durante décadas contempló la edad avanzada como una de las causas para permitir el sacrificio de animales que no estaban destinados al consumo humano.
El pronunciamiento quedó consignado en la Sentencia C-336 de 2026, aprobada por unanimidad por la Sala Plena del alto tribunal, con ponencia del magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño.
Una norma vigente durante casi cuatro décadas
La disposición estaba incluida en la Ley 84 de 1989, conocida como el Estatuto Nacional de Protección de los Animales. En su artículo 17, el literal c) contemplaba la llamada “vejez extrema” entre las circunstancias que permitían poner fin a la vida de estos seres, siempre que se utilizaran procedimientos que evitaran la crueldad y el sufrimiento prolongado.
Sin embargo, la legislación no establecía una definición precisa de lo que significaba llegar a esa etapa. Para la Corte, esta falta de claridad dejaba abierta la posibilidad de que la causal se aplicara sin criterios científicos y legales suficientes para determinar cuándo correspondía recurrir al sacrificio.
Por esa razón, el tribunal declaró inexequible ese apartado. En términos sencillos, esto significa que la disposición fue retirada del ordenamiento jurídico y dejó de tener validez.
Envejecer implica más cuidados, no menos protección
Uno de los puntos centrales del fallo es que la edad avanzada no significa, por sí misma, que la vida de un animal deba terminar. El paso de los años puede traer consigo un mayor deterioro físico o hacer que algunos animales necesiten ayuda para desarrollar sus actividades cotidianas.
Para la Corte, esas circunstancias deben traducirse en mayores responsabilidades para las personas encargadas de su cuidado, en lugar de convertirse en una justificación para sacrificarlos.
Esta interpretación se relaciona con la llamada Constitución ecológica, un concepto que reúne las disposiciones de la Constitución colombiana orientadas a proteger el medioambiente y reconoce obligaciones frente a los animales como seres sintientes, es decir, capaces de experimentar sensaciones y sufrimiento.
El fallo refuerza los deberes hacia los animales vulnerables
La decisión también establece una diferencia entre la vejez y las condiciones que podrían justificar otras decisiones relacionadas con el final de la vida de un animal. Alcanzar una edad avanzada no equivale automáticamente a encontrarse en una situación que autorice su sacrificio.
Con la eliminación de esta causal, la Corte refuerza la idea de que la vulnerabilidad de los animales exige medidas de asistencia y protección. En consecuencia, la edad, por sí sola, no puede utilizarse como argumento legal para terminar con su vida.