Tras la contingencia que vive por estos días el país, luego de que el pasado 10 de agosto se viviera un fuerte movimiento telúrico en todo el país, que dejó varias zonas con fuertes afectaciones, graves daños en estructuras, casas y edificios y más de 200 muertos, se han tomado distintas medidas en materia económica.

Declaración de renta 2026: con el inicio de las fechas límite para presentarla, hay que tener en cuenta tres novedades

Una de las medidas es la modificación en los plazos tributarios y la suspensión de términos aduaneros en zonas afectadas por el terremoto. El Gobierno Nacional publicó para comentarios dos proyectos de decreto que otorgan medidas transitorias para mitigar los efectos del siniestro en las zonas afectadas.

La temporada de cumplimiento tributario se convierte en un momento de dudas por parte de los contribuyentes, que buscan no errar al momento de presentar su declaración de renta ante la Dian. Foto: 123 Rf

Tenga en cuenta que entre los proyectos de decreto, está el que establece plazos especiales para la declaración y pago del impuesto sobre la renta y complementarios de personas naturales y sucesiones ilíquidas con vencimientos para el mes de agosto.

Gobierno De La Espriella decreta desastre nacional y anuncia emergencia económica sin subir nuevos impuestos

Es importante recalcar que la medida transitoria cobija únicamente a los contribuyentes que a 10 de agosto de 2026 tengan su domicilio fiscal en municipios que pertenezcan a:

Impuestos de Cali, Impuestos y Aduanas de Palmira, Impuestos y Aduanas de Tuluá, Impuestos y Aduanas de Buenaventura, Impuestos y Aduanas de Pereira, Impuestos y Aduanas de Armenia, Impuestos y Aduanas de Manizales, Impuestos y Aduanas de Quibdó, Impuestos y Aduanas de Popayán.

Los nuevos plazos también cobijan a personas naturales que se inscriban por primera vez en el RUT y tengan su domicilio en los municipios afectados. Foto: SEMANA

Respecto a la declaración de renta, así cambian las fechas respecto a las cédulas que deben presentarla:

<b>Dos últimos dígitos del NIT</b><b>Hasta el</b><b>&nbsp;Fecha por mes</b>
01 y 02Décimo octavo día hábil de octubre27 de octubre
03 y 04Décimo noveno día hábil de octubre28 de octubre
05 y 06Vigésimo día hábil de octubre29 de octubre
07 y 08Vigésimo primer día hábil de octubre30 de octubre
09 y 10Primer día hábil de noviembre03 de noviembre
11 y 12Segundo día hábil de noviembre04 de noviembre
13 y 14Tercer día hábil de noviembre05 de noviembre
15 y 16Cuarto día hábil de noviembre06 de noviembre
17 y 18Quinto día hábil de noviembre09 de noviembre
19 y 20Sexto día hábil de noviembre10 de noviembre
21 y 22Séptimo día hábil de noviembre11 de noviembre
23 y 24Octavo día hábil de noviembre12 de noviembre
25 y 26Noveno día hábil de noviembre13 de noviembre

Tenga en cuenta que los plazos especiales también aplican para personas naturales primeros declarantes que se inscriban en el RUT, cuyo domicilio esté en los municipios señalados anteriormente.

El Gobierno también propone suspender durante un mes los términos aduaneros en las principales zonas afectadas por el terremoto, como medida para mitigar el impacto de la emergencia. Foto: Gabriela Alvarado

También existe un segundo proyecto de decreto contempla la suspensión de términos aduaneros en las direcciones seccionales de Impuestos y Aduanas de Pereira, Armenia, Manizales, Buenaventura y Quibdó y en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, desde el 10 de agosto hasta el 10 de septiembre de 2026.