Había peticiones de muchos lados para que finalmente el Gobierno reflexionara y no cumpliera lo anunciado: ordenar el traslado de recursos de los Fondos Privados de Pensiones-AFP a Colpensiones, lo que a juicio de muchos, iría en contravía de lo que está anotado en la reforma pensional, en la que se establece cierta protección de los ahorros de los cotizantes a pensiones, es decir, que se queden quietos en las AFP hasta tanto el afiliado llegue al momento de su retiro. Inclusive, para ello, se planteó un fondo de ahorro que será administrado por el Banco de la República, si es que la Corte Constitucional declara exequible la ley de reforma pensional que por el momento se mantiene en vilo.
El gobierno había expedido un borrador de decreto que generó mucha controversia y comentarios, advirtiendo los riesgos de pasar la plata de los ahorradores a Colpensiones, entidad pública que maneja el régimen de prima media.
Ahora, los ministerios de Hacienda y Trabajo lo hicieron realidad y vienen los interrogantes, uno de los cuales, hasta el momento, había sido el de los tiempos para hacer los traslados de los recursos. Ello, en el entendido en el cual, las AFP tienen los ahorros de los cotizantes en inversiones, lo que no es fácil de resolver, pues el tiempo es breve.
Se aprovechó lo que quedó vigente de la reforma pensional suspendida provisionalmente
La medida, según el documento, “tiene por objeto reglamentar la exigibilidad del traslado de los recursos correspondientes a la cuenta de Ahorro Individual los afiliados que hagan uso de la oportunidad de traslado prevista en artículo 76 la 2381 de del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) al Régimen de Prima Media con Prestación Definida a cargo de la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones”.
Afectaría el patrimonio de los colombianos
Los choques por la medida que ahora se materializa no han sido pocos. La propia Contraloría General había advertido que dicho traslado era inviable, y se trata de los ahorros de afiliados que no se trasladaron a tiempo de régimen y aprovecharon la llamada “ventana de oportunidad”, uno de los dos artículos vigentes de la reforma pensional.
Santiago García, directivo del gremio Asofondos, advirtió que el efecto del decreto recae sobre el patrimonio de todos los colombianos que es manejado en las AFP y se mantiene invertido para generar rentabilidad. Por ello, Andrés Velasco, presidente de la agremiación, manifestó que los fondos privados rara vez tienen plata en efectivo, pues su deber fiduciario es hacer crecer los recursos de los afiliados vía inversiones como lo han hecho hasta ahora.
De acuerdo con lo que había expresado la Contraloría, no sería jurídicamente viable el contenido del decreto, en el entendido en el cual, la misma ley que le dio vida a la oportunidad de traslado establece que esos recursos deben seguir siendo administrados por las AFP hasta que se cause el derecho pensional.
El detalle de la norma
Según el decreto expedido, el giro de recursos de afiliados que ejercieron la oportunidad de traslado tendrá que hacerse por la totalidad de los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual de los afiliados que ejercieron la oportunidad traslado.
Se debe incluir el capital acumulado más totalidad de los rendimientos financieros generados hasta la fecha de la transferencia efectiva, dice el documento.
El cumplimiento de la orden entregada a las AFP, a través del decreto, implica que el 50 % de los recursos deberá hacerse en un término no superior a 20 días, posteriores a la entrada en vigencia del mismo y el 50 % restante se realizará dentro de los 10 días.
AFP harán lo que corresponde
Según confirmó Velasco, los fondos privados harán todo lo que corresponde para defender los recursos que son de los colombianos, y no dejó de advertir que se pida un desahorro que queda en riesgo de ser usado en gasto corriente.