Los usuarios bancarios en Colombia y todo el mundo han pasado por un escenario que les ha traído efectos devastadores. Se trata del fraude bancario. Este es un delito financiero que se da cuando los delincuentes, a través de engaños, logran obtener dinero, datos privados o un beneficio personal de la institución bancaria o los clientes en cuestión.
Con el paso de los años y el aumento en la tecnología en los bancos, se han inventado nuevas maneras de hacer fraude bancario, dado que ahora los usuarios manejan su dinero a través de su celular y ya no acuden con tanta frecuencia a las oficinas.
Recientemente, la Corte Constitucional se pronunció sobre los usuarios afectados con los fraudes, que normalmente les dejan deudas de alto valor cuando los delincuentes los suplantan y toman créditos a su nombre.
El tribunal determinó una nueva directriz a través de la Ley Estatutaria 190 de 202 de Cámara y 303 de 2023 de Senado, que existía hace varios años pero que no había tenido luz verde en el Legislativo.
La ley contra el fraude digital protege a las personas que fueron víctimas de suplantación de identidad y a quienes les fueron robados sus datos para obtener créditos, préstamos y otros productos.
El alto tribunal declaró la constitucionalidad de la norma, la cual precisa que los bancos, ante un hecho fraudulento digital, deberán empezar un protocolo especial en el que suspenden de inmediato los cobros y las obligaciones de las deudas pendientes.
¿Qué debe hacer el afectado?
La víctima de suplantación deberá informar al banco lo que le sucedió y cómo fue suplantado. Deberá aportar documentos probatorios y también otros elementos de prueba que sirvan para demostrar los hechos que lo llegaron a afectar.
De acuerdo con la norma, luego de que el banco reciba el informe, deberá comenzar con las actuaciones dentro de los 10 días hábiles siguientes.