El proyecto de intervención y arreglo de hogares, ‘Casa Digna, Vida Digna’ “está dirigido a propietarios o poseedores de un inmueble con al menos cinco años de anterioridad a la postulación del subsidio, y ocupantes de vivienda que presentan carencias habitacionales recuperables a través de mejoras en los inmuebles”, señala el Ministerio de Vivienda.

Del trabajo en conjunto del Ministerio de Vivienda y el Ministerio de Agricultura, nació el programa de mejoramiento de vivienda “Casa Digna, Vida Digna”.

El Departamento para la Prosperidad Social (DPS) se encarga de hacer entrega de 325.000 de los 600.000 mejoramientos que están estipulados en esta política, cuyo objetivo se centra en atender necesidades básicas habitacionales de la personas y familias en condiciones vulnerables, independientemente de si están en zona rural o urbana.

Este beneficio se podrá otorgar al aspirante teniendo en cuenta las condiciones de habitabilidad en las que se encuentra y otros aspectos como los ingresos, el presupuesto, y los proyectos estructurados de intervención de la vivienda.

Requisitos

Es preciso aclarar que estos proyectos de mejoramiento de vivienda son válidos en cualquier punto del territorio colombiano y su interés está mayormente sobre los hogares más pobres vulnerables del país identificados mediante la Estrategia Unidos, la Unidad para las Víctimas (SNARIV), el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y el Sistema de Selección de Beneficiarios para Programas Sociales (Sisbén III).

Para poder ser elegible a este beneficio, es necesario hacer parte de por lo menos uno de los siguientes grupos poblacionales:

  • Ser actual beneficiario de la estrategia unidos.
  • Ser madre comunitaria.
  • Población general con Sisbén III.
  • Se le brinda prioridad a ciertos sectores como lo son la población víctima de desplazamiento forzado, las personas en condición de discapacidad (movilidad reducida) y miembros de resguardos y cabildos indígenas.
  • Mujeres cabeza de familia de los estratos más pobres de la población.
  • Trabajadores del sector informal.
  • Madres comunitarias.
  • Personas de tercera edad.
  • Miembros de la fuerza pública.
  • Familiares de miembros de la fuerza pública que hubieren fallecido en actos del servicio, o de miembros que hayan tenido disminución en capacidad psicofísica o incapacidad absoluta permanente por gran invalidez.
Estos proyectos de mejoramiento de vivienda son válidos en cualquier punto del territorio colombiano y su interés está mayormente sobre los hogares más pobres vulnerables del país. | Foto: Getty

Ahora bien, en caso de que la persona interesada logre encajar con alguna descripción estipulado y desee hacer parte del programa como beneficiado, deberá cumplir con los siguientes ítems:

  • Cédula de ciudadanía vigente.
  • Acreditar la posesión o propiedad de una vivienda.
  • No debe ser propietario de otra vivienda.
  • El barrio en el que se encuentra la vivienda debe estar legalizado.
  • La vivienda no debe estar ubicada en zona de alto riesgo.
  • No haber recibido subsidios para adquisición o construcción de vivienda.
  • No haber recibido incentivos para mejoramiento de vivienda en los últimos 5 años.
  • No se podrán intervenir viviendas en terrenos con lotes baldíos.
  • La vivienda por intervenir no debe estar construida en materiales provisionales, tales como, latas, telas asfálticas, plástico y madera de deshecho, entre otros.

Para recordar

  • Son las alcaldías y entidades territoriales de las principales ciudades y municipios del país quienes se encargan de realizar las convocatorias para el programa ‘Casa Digna Vida Digna’. Es obligación del interesado consultar en la respectiva entidad.
Teniendo en cuenta el municipio en el que reside el candidato, hay diferentes fechas para realizar la preinscripción. | Foto: Cortesía: John Mikan

Algunas excepciones

Hay algunas condiciones en las que la vivienda del postulante no se puede tener en cuenta para su arreglo y estas son:

  • Perdió la residencia por imposibilidad de pago.
  • La vivienda luce estropeada por causas ajenas al hogar que se desea beneficiar.