Miles de personas tienen mascotas en conjuntos residenciales sometidos al régimen de propiedad horizontal, lo que en ocasiones puede generar situaciones que afectan la convivencia.
Estos espacios se rigen por normas específicas que orientan el comportamiento de los residentes y establecen reglas claras para garantizar el respeto entre vecinos.
Dentro de esta normativa se contemplan disposiciones relacionadas con la tenencia de animales, cuyo propósito es asegurar la limpieza, la seguridad y la tranquilidad en las áreas comunes.
Las unidades residenciales bajo propiedad horizontal cuentan con reglamentos que fijan derechos, deberes y posibles sanciones para quienes incumplan las reglas, por lo que es fundamental que los propietarios las conozcan.
Las administraciones pueden imponer multas a quienes infrinjan estas disposiciones. Dichas sanciones pueden llegar hasta el valor del canon de arrendamiento, pero no superarlo.
Además, el incumplimiento también puede acarrear consecuencias según el Código Nacional de Policía y Convivencia, que en su artículo 126 señala que los dueños o tenedores de animales deben evitar que estos representen riesgos o perturben la seguridad y tranquilidad de la comunidad.
Entre las exigencias se encuentra llevar a los perros con collar y correa y, en el caso de razas consideradas potencialmente peligrosas, también con bozal.
En el caso de los gatos, los dueños deben garantizar que no circulen de manera libre por los espacios comunes o ingresen a otras propiedades.
Las multas pueden variar según la gravedad de la falta: una multa tipo 1 equivale aproximadamente a 130.000 pesos, mientras que una tipo 2 puede ascender a unos 260.000 pesos.
Entre las infracciones más frecuentes está permitir que las mascotas transiten sin correa en las zonas comunes. Si el animal ocasiona daños, el propietario debe responder por ellos.
También es común el incumplimiento de la obligación de recoger los desechos, por lo que los dueños deben portar bolsas y depositarlos en los recipientes destinados para tal fin.
Finalmente, ante cualquier incidente o ataque, es necesario dar aviso a las autoridades competentes.
Procedimiento para imponer una sanción
- Convocatoria: Debe efectuarse con una anticipación mínima de 15 días calendario antes de la primera citación.
- Notificación: Es obligatorio informar a cada propietario en la última dirección que tenga registrada.
- Derecho de defensa: El copropietario puede presentar las justificaciones correspondientes por su inasistencia.
- Análisis de la defensa: La autoridad encargada de sancionar determinará si admite las pruebas y si procede la imposición de la multa.