Los trabajadores independientes en Colombia tendrán nuevas reglas para realizar sus aportes al sistema de seguridad social a partir de septiembre. El Ministerio de Salud, mediante la Resolución 1529 de 2026, modificó los anexos técnicos 2 y 3 de la Resolución 2388 de 2016 de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) e incorporó nuevos tipos de cotizante.
La norma crea los cotizantes 74, 75 y 76, además de modificar las condiciones del tipo 51. También ajusta las validaciones de identificación, habilita una planilla para gestionar retroactivos de servidores públicos y establece un cronograma de implementación que se extenderá hasta abril de 2027.
¿Qué es el nuevo cotizante 76 de la PILA?
Uno de los principales cambios corresponde al cotizante 76, destinado a trabajadores independientes que laboran a tiempo parcial y reciben ingresos inferiores a un salario mínimo.
Estos trabajadores podrán realizar aportes a pensión de manera proporcional a los días efectivamente trabajados; podrán cotizar o no a salud, así como a riesgos laborales (ARL) y, de manera voluntaria, aportar a una caja de compensación familiar.
- Pensión: la base de cotización se determinará según el número de días laborados en el mes: entre uno y siete días corresponderá a un cuarto del salario mínimo; entre ocho y 14 días, a dos cuartos; entre 15 y 21 días, a tres cuartos, y entre 22 y 30 días, a un salario mínimo.
- ARL o riesgos laborales: se mantiene el reporte sobre 30 días y con una base equivalente a un salario mínimo.
- Salud: trabajadores independientes de tiempo parcial con ingresos inferiores a un salario mínimo y sin capacidad económica para pertenecer al régimen contributivo podrán permanecer o ingresar al régimen subsidiado sin realizar aportes a salud.
De acuerdo con la información suministrada, este esquema representaría un ahorro estimado de $218.863 por cuatro semanas, al excluir la obligación de aportar a salud y a las cajas de compensación familiar.
¿Qué es el nuevo cotizante 74 de la PILA?
Otro nuevo tipo de cotizante es el 74, dirigido a recicladores de oficio, pertenecientes a asociaciones de recicladores, quienes cotizarán a riesgos laborales sobre un salario mínimo.
A través de las organizaciones de recicladores se podrán gestionar los pagos correspondientes al Sistema General de Riesgos Laborales para sus asociados.
¿Qué es el nuevo cotizante 75 de la PILA?
El cotizante 75 fue creado para trabajadores dependientes en situación de vulnerabilidad o de pobreza que comienzan un empleo, pero mantienen temporalmente su afiliación al régimen subsidiado.
En este caso, el empleador mantiene la obligación de realizar los aportes correspondientes.
¿Qué pasa con el ya existente cotizante 51?
El tipo 51 queda destinado exclusivamente a los trabajadores dependientes de tiempo parcial.
¿Cuándo entra en vigencia la nueva forma de aportar a salud y pensión?
Los cambios para el cotizante 76 comenzarán a aplicarse desde el 1.º de septiembre de 2026, mientras que el conjunto de modificaciones de la PILA tendrá una implementación progresiva hasta abril de 2027.