La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recordó a los comerciantes, emprendedores, micro y pequeños empresarios del país, que ya están inscritos en el Registro Único Tributario (RUT), a que aprovechen la oportunidad de tener los beneficios del Régimen Simple de Tributación (RST), y se inscriban en este mecanismo antes del 28 de febrero próximo.

El 28 de febrero próximo es el plazo máximo para que los ya inscritos en el Registro Único Tributario (RUT) puedan optar por el RST. | Foto: GUILLERMO TORRES

El director de la DIAN, Luis Carlos Reyes, indicó que “promovemos el Régimen Simple de Tributación, porque es la forma más fácil de tributar. Está pensado para pequeñas y medianas empresas, emprendedores, tenderos, profesionales independientes, entre otros, porque les conviene en términos de tarifas y simplificación”.

Por su parte, Eduardo Cubides Durán, Subdirector para el Impulso de la Formalización Tributaria de la DIAN, destacó las ventajas del RST, como la presentación de hasta 7 impuestos nacionales y territoriales en una sola declaración, aunque se ejerzan actividades en diferentes municipios.

La invitación es a innovar este beneficio. | Foto: Alcaldía de Cúcuta

La DIAN recuerda que las personas naturales y jurídicas que pueden hacer parte del RST son las que tengan ingresos inferiores a 4.241′200.000 pesos, para 2023 (100 UVT), y el grupo específico de profesiones liberales con ingresos inferiores a 508′944.000 pesos, para 2023 (12.000 UVT). También que las personas naturales con ingresos brutos inferiores a 148′442.000 pesos para 2023 (3.500 UVT), no tendrán que pagar anticipos bimestrales: únicamente deberán presentar la declaración anual consolidada.

En el simulador dispuesto en la página web de la entidad, los interesados pueden comparar los ahorros en el pago de impuestos frente al régimen ordinario, https://micrositios.dian.gov.co/regimen-simple-tributacion/ botón ‘Descarga’ el simulador RST.

Los beneficios que más se destacan, son: disminución de tarifas (entre el 1.8% y el 8.3%), ampliación de los grupos (pasó de 4 a 6, incluyendo más actividades económicas), descuento del 4 x 1.000 en el impuesto a pagar, pagar hasta 7 impuestos en un solo recibo, mejorar su flujo de caja, y descuentos en la contratación de personal, entre otros.

Quienes quieran hacer parte de este régimen y disfrutar de estos beneficios deberán actualizar su Registro Único Tributario (RUT), a través del servicio electrónico del RUT o App DIAN (disponible Play Store y App Store), con la responsabilidad 47 Régimen Simple de Tributación.

Según la DIAN, las anteriores disposiciones que estableció la reforma tributaria, buscan que más emprendedores, comerciantes y empresarios puedan fortalecer sus ideas de negocio para transformarlas en grandes empresas y, además, se conviertan en fuentes generadoras de empleo y dinamizadores de la economía.

Beneficios en la tasa de interés moratoria para deudores

Contribuyentes deudores de obligaciones tributarias y aduaneras ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrán acceder al beneficio de la rebaja en la tasa de interés de mora de un cincuenta (50%) por ciento que estará vigente hasta el próximo treinta de junio, oportunidad incorporada por la recientemente aprobada Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social.

En este sentido, la DIAN busca facilitar y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones pendientes de un grupo de 11.025 deudores (de un total de 326.381 personas), identificados por la entidad, y que tienen obligaciones pendientes de pago por la suma de 1,81 billones de pesos.

Los interesados pueden participar en el Facebook Live programado para hoy 21 de febrero y aclarar sus inquietudes | Foto: Getty Images

Para quienes no puedan realizar el pago total de la obligación antes de la fecha indicada, la DIAN les concederá facilidades para el pago, sin garantías, cuando el término no sea superior a un (1) año y el deudor no haya incumplido facilidades para el pago durante el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

Para el trámite de la facilidad podrán acudir a las dependencias de cobro de las Direcciones Seccionales y suscribir un acta en la que se establezca el plazo, número de cuotas, periodicidad, detalle y el valor de las obligaciones objeto de pago, bajo esta modalidad.