En firme quedaron la mayoría de las pruebas que serán utilizadas en el juicio contra el exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos, investigado y en etapa de juicio por el presunto delito de interés indebido en la celebración de contratos por su supuesta participación en el contrato BOOMT (construir, operar, poseer, mantener y transferir, por sus cifras en inglés) entre Hidroituango y Empresas Públicas de Medellín (EPM) en el año 2011.

Los magistrados de la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia determinaron cuáles serán los elementos probatorios que pasarán a la etapa de juicio, donde la Fiscalía deberá probar su tesis sobre las decisiones que habría tomado el entonces gobernador para favorecer directamente a EPM en la contratación del megaproyecto.

La Fiscalía deberá probar su tesis sobre las decisiones que se habrían tomado para favorecer a EPM en la contratación de Hidroituango. Foto: Cortesía EPM

La acusación contra el entonces gobernador de Antioquia expuso que, para concretar la supuesta operación criminal, era necesario que se modificaran los estatutos de contratación de Hidroituango y se hicieran otras ‘jugaditas’ legales para que, al parecer, se dirigiera el millonario contrato.

Por eso, la Corte Suprema de Justicia avaló incorporar al proceso documentos sobre la creación y evolución societaria de Hidroituango, los estatutos de contratación, la decisión que dio origen a EPM Ituango, las normas que regulaban a EPM y los contratos celebrados con la banca de inversión.

La Corte Suprema de Justicia avaló incorporar al proceso documentos sobre la creación y evolución societaria de Hidroituango. Foto: Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema.

El fallo explicó sobre esas pruebas: “Con ellos pretende la Fiscalía acreditar la naturaleza jurídica de Hidroituango S. A. E. S. P., su origen y creación, la evolución de la composición accionaria, la calidad de las empresas y entidades socias del proyecto, la capacidad de decisión de sus órganos de administración y los derechos y obligaciones de los accionistas”.

También se pretende verificar la autoridad de la Asamblea General de Accionistas y de la Junta Directiva en la toma de decisiones, y la función que le asistía a Luis Alfredo Ramos de impartir órdenes sobre la firma de cualquier acto o contrato.

La Corte le dio el visto bueno a esas pruebas tras analizar que podrían revelar cómo se diseñó inicialmente lo que era una convocatoria internacional para escoger al contratista de esa licencia, así como las modificaciones que se habrían dado después en el proceso y la posible capacidad de intervención que habría tenido el exgobernador.

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La condena contra Ramos

Este no es el único proceso contra el exgobernador Ramos. En abril de 2022, la Corte Suprema de Justicia lo condenó a casi ocho años de cárcel por concierto para delinquir ante los vínculos que le aparecieron con grupos paramilitares.

La sentencia confirmó en su momento que el exfuncionario hizo “acuerdos (…) con comandantes de grupos de autodefensa para recibir apoyo económico y en votos en las campañas que adelantó aspirando al Senado de la República y a la Gobernación del departamento de Antioquia”.

En marzo de 2024, Ramos consiguió la libertad condicional, pero ahora enfrenta un nuevo proceso penal que lo podría dejar tras las rejas por el negocio que firmó con EPM para la operación de Hidroituango.