La Contraloría General de la República ratificó un fallo con responsabilidad fiscal por un monto de $ 20.375 millones, relacionado con la “ejecución incompleta y deficiente” de un contrato de obra suscrito por Ecopetrol para la pavimentación de una vía en Tibú, Norte de Santander, que usa la estatal petrolera.

El fallo cobijó a Édgar Emilio Rincón Mora, un funcionario de Ecopetrol que estuvo vinculado a la compañía entre marzo y noviembre de 2014 y que tuvo a su cargo la administración del contrato de obra. También se confirmó la responsabilidad fiscal para el contratista de obra y la firma del contrato de interventoría AB Proyectos S.A.

El contrato en cuestión tenía como objetivo el mejoramiento y la pavimentación de la vía Astilleros-Tibú, abarcando sectores como la vereda La Cuatro, ingreso al casco urbano de Tibú (La Virgen) y la Cuatro-Portería N.° 2 (ingreso a las instalaciones de Ecopetrol Campo Tibú), vía a La Gabarra. Sin embargo, de acuerdo con el ente de control, la obra presenta serios deterioros y no ha sido concluida.

La Contraloría dejó en firme fallo millonario contra Ecopetrol por ejecución “incompleta y deficiente” de obra para pavimentar vía en Tibú. Foto: Colprensa

La Contraloría Delegada Intersectorial N.° 9 confirmó la responsabilidad fiscal de varias personas naturales y jurídicas, entre ellas Édgar Emilio Rincón Mora, Aníbal Felipe Matiz Pinzón (representante legal de AB Proyectos S.A.), y el Consorcio 121 conformado por Ingenierías Triturados y Concretos S.A. (Intricon S.A.) y AS - Ingeniería Puntual S.A.S.

La cuantía indexada del proceso de responsabilidad fiscal alcanzó los $ 20.375.766.883. El daño patrimonial se centró en múltiples fallas en el pavimento, construcción de obras innecesarias, falta de cunetas en gran parte de las calzadas y pérdida de banca de la vía, con un deterioro general en ambas calzadas.

En medio de los escándalos del presidente de Ecopetrol, su pareja es investigada por la Procuraduría ante una presunta violación al régimen de inhabilidades

El fallo también declaró civilmente responsable a la compañía aseguradora Axa Colpatria S.A. por la suma asegurada. Este caso destacó por su enfoque en la garantía de la responsabilidad fiscal y la búsqueda de reparación por los perjuicios causados debido a la ejecución deficiente del contrato de obra en Tibú.

La Contraloría General ratificó un fallo con responsabilidad fiscal por un monto de $ 20.375 millones. (Imagen de referencia). Foto: Getty Images

Contraloría profiere fallos contra de SaludCoop y Guillermo Grosso

La Unidad de Investigaciones Especiales Contra la Corrupción de la Contraloría General profirió, el pasado 21 de diciembre, dos fallos de responsabilidad fiscal contra SaludCoop EPS y Guillermo Enrique Grosso, en su calidad de agente especial interventor, determinando la existencia de daño patrimonial por un monto total de $ 9.355 millones.

Estos fallos se originan a raíz de irregularidades encontradas en la suscripción y pagos de contratos de prestación de servicios, obra y promesas de compraventa que no estaban alineados con el objeto social de la EPS, así como desembolsos sin relación con la cobertura y provisión de servicios de salud.

En el primer fallo, se impone una responsabilidad fiscal por valor de $ 7.942 millones, correspondientes a pagos realizados por contratos de promesa de compraventa de tres clínicas durante el período de intervención en 2015. Estas transacciones no se ajustaban a la naturaleza del gasto establecida por la normativa, ya que no guardaban relación con la cobertura y provisión de servicios de salud.

La Contraloría profirió dos fallos de responsabilidad por $ 9.355 millones en contra de SaludCoop y Guillermo Grosso. Foto: Revista Semana

Es relevante subrayar que los recursos provenientes de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) son de carácter parafiscal e integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), según la normativa constitucional. Por lo tanto, está prohibido utilizar dichos recursos para fines distintos a los de la seguridad social.

En el segundo fallo de responsabilidad fiscal, se establece una suma de $ 1.413 millones por pagos realizados en contratos de prestación de servicios y obra entre 2014 y 2015. Estos desembolsos estaban destinados al diseño arquitectónico, amoblamiento de oficinas y adecuaciones en la sede 109, así como mejoras en propiedades arrendadas que utilizaba la EPS. Según el fallo, dichos pagos no estaban vinculados al objeto social de la EPS y eran ajenos a las actividades de aseguramiento en salud y garantía de la prestación del servicio a los afiliados, por lo que no podían ser sufragados con cargo al SGSSS.

Petro recurrió ‘al espejo retrovisor’ para lanzar pulla al gobierno anterior: “Ecopetrol después de una desvalorización empezó a crecer”