La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) inició el trámite de sometimiento del general (r) Luis Emilio Cardozo, excomandante del Ejército en la era de Gustavo Petro, tras ser mencionado por antiguos integrantes del Batallón de Ingenieros N. 5 y víctimas en casos de asesinatos y desapariciones de civiles presentados como bajas en combate.
Según los testimonios en poder de la JEP, el alto oficial en retiro habría estado implicado en seis hechos ocurridos en Santander en 2007, en los que nueve personas fueron víctimas de falsos positivos, y dos más sobrevivieron.
“Para esa época, con el grado de teniente coronel, Cardozo Santamaría se desempeñaba como comandante del BICAL, cargo que ocupó entre octubre de 2006 y febrero de 2008. En este contexto, la decisión se fundamenta en la Sentencia SU-063 de 2025, que establece que no solo pueden comparecer ante la JEP quienes solicitan su sometimiento, sino también los llamados comparecientes forzosos”, dijo la JEP en un comunicado de prensa.
El alto tribunal de paz comentó que, en el caso del general Cardozo, el trámite de sometimiento inició después de que fue mencionado en diligencias cuando integraba el Ejército Nacional y dentro del periodo de competencia de esta institución, lo que habilita su trámite ante la JEP. Él fue comandante de la institución entre mayo de 2024 y diciembre de 2025.
“Los señalamientos en su contra surgieron en audiencias de aporte a la verdad realizadas con exintegrantes del Batallón de Ingenieros No. 5 ‘coronel Francisco José de Caldas’, así como en la audiencia de observaciones de víctimas de la fase nacional del caso 03, realizada el pasado 9 de abril, en el marco de investigaciones por asesinatos y desapariciones forzadas presentadas ilegítimamente como bajas en combate en distintas regiones del país, entre ellas Santander”, detalló la Jurisdicción.
Frente a este escenario, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas requirió al alto oficial para que, si es el caso, suscriba el acta de sometimiento a la JEP y aporte la información necesaria sobre su eventual participación en estos hechos. De igual manera, se ordenó la práctica de pruebas documentales y testimoniales y labores de contrastación para verificar su situación jurídica.
“La sala aclaró que el inicio de este trámite no implica su ingreso a la JEP ni el otorgamiento de beneficios. Esta decisión da inicio al estudio para determinar su eventual sometimiento, conforme al cumplimiento de los requisitos del sistema integral de paz, entre ellos el aporte efectivo a la verdad, la contribución a la reparación de las víctimas y las garantías de no repetición”, concluyó la JEP.