Los socios de Lili Pink denunciaron desde enero de 2026 que extrañamente la mercancía decomisada por la Dian, en una bodega del tamaño de una cancha de fútbol, terminó en tiendas de descuento en San Victorino y los San Andresitos, en el centro de Bogotá.
La ropa interior femenina que se supone la Dian decomisó en procedimientos que fueron objeto de cuestionamientos, apareció en ganchos y canastas de descuento en almacenes, incluso en la calle, con marquillas de Lili Pink, sin que se tenga registro de esas transacciones. Evidentemente, se trataba de la mercancía decomisada por la Dian.
La empresa hizo su propia investigación y logró recaudar las pruebas de cómo las prendas que se suponen decomisadas salieron a la venta sin ninguna autorización de la marca o de la autoridad encargada de su custodia. Incluso parte de la mercancía estaba para remanufacturar o desechar por daños irreparables.
Con las pruebas, la evidencia y los datos expuestos en la investigación, los empresarios denunciaron en la Fiscalía. Advirtieron los detalles que no cuadraban en el procedimiento de la Dian y cómo la mercancía decomisada se convirtió, sin autorización o aviso, en el producto de venta de tiendas informales.
“Previa indagación del mismo equipo de compras y adquisición de los productos identificados con las marcas que se estaban vendiendo sin autorización, fue posible concluir que los productos ofrecidos por dichos terceros corresponden a mercancía original, con marquillas y etiquetas de fábrica, confirmando que la mercancía no se trata de falsificaciones, sino de bienes auténticos cuya circulación comercial no había sido autorizada por Fast Moda S.A.S”, señala la denuncia en poder de la Fiscalía.
Ahora, en la imputación de cargos contra los directivos, empleados e importadores de Lili Pink, la Fiscalía presentó algunas fotografías de los operativos de la Dian, como elementos de prueba de un supuesto contrabando. Sin embargo, la defensa de Lili Pink le recordó a la Fiscalía que las “pruebas” eran justamente los detalles de las presuntas irregularidades denunciadas en enero de 2026.
“Tras analizar los más de 1.500 archivos (4GB) trasladados por la Fiscalía, la defensa ratifica: no existe prueba de contrabando. Sin contrabando, no es jurídicamente posible imputar lavado de activos ni enriquecimiento ilícito”, señaló la firma Riveros Bazzani, abogados y representantes legales de los empresarios vinculados.
Los abogados señalaron que, mientras la investigación por un supuesto contrabando, que derivó en un lavado de activos y en un concierto para delinquir, avanzaba en la Fiscalía, la denuncia por las irregularidades en los procedimientos de la Dian y la ropa interior que regresó al mercado, sin autorización, se quedó engavetada y no se conocen decisiones.