Con una acción de tutela, el Gobierno esperaba obtener la historia clínica y la necropsia del pequeño Kevin Acosta. Un juez le cerró la puerta en la cara al Ministerio de Salud.

Medicina Legal respondió a Petro y dio el verdadero motivo por el que no entregaron informe de la muerte del niño Kevin Acosta

Sin rodeos, el Ministerio le dijo a Medicina Legal que necesitaba la historia clínica y la necropsia del niño que, según la Procuraduría, falleció mientras esperaba un medicamento.

“Ordenar al Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que, en un término no superior a cuarenta y ocho (48) horas, remita al Ministerio de Salud y Protección Social la historia clínica y el informe de necropsia de Kevin Arley Acosta Pico”, solicitó el Ministerio en una acción de tutela que radicó en contra de Medicina Legal.

La tutela advertía que el instituto forense no respondió en debida forma el derecho de petición del Ministerio de Salud, con la orden expresa de compartir la historia clínica y la necropsia del pequeño Kevin. El juez de tutela le explicó al Gobierno que las respuestas llegaron, aunque las ignoraron.

“De acuerdo con el material probatorio obrante en el expediente, se advierte que el derecho de petición fue contestado dentro del término legal y que la respuesta emitida se ocupó de lo solicitado, en cuanto expuso las razones por las cuales la entidad estimó improcedente la entrega directa de la documentación requerida”, señala el fallo del juzgado.

El juez advirtió que no existió una vulneración al derecho de información que requirió el Ministerio de Salud, pues las respuestas se dieron en debida forma, explicando además que el documento está protegido por una reserva judicial y que la Fiscalía en este momento tiene la obligación de protegerla.

“Aunado a ello, no se limitó a exponer las razones por las cuales estimó improcedente la entrega directa de la información solicitada, sino que, además, dispuso el traslado por competencia a la Fiscalía 51 Seccional – Unidad de Delitos contra la Vida e Integridad Personal, informando de ello al accionante”, advierte la tutela.

El juzgado, en el fallo de tutela, que declaró improcedente, en contravía de los intereses del Gobierno, le recordó al Ministerio de Salud que la simple radicación de un derecho de petición no resulta suficiente para que, de forma automática, se afecte la reserva del documento.