La lupa de la Procuraduría General estará sobre el personero del municipio de Curumaní (Cesar), Rober Fabián Rosado, por presunta participación en política, una conducta prohibida para los funcionarios públicos.
La norma colombiana es explícita en que un servidor público no puede usar su cargo para dar orientación política, ya que la Constitución establece que se debe garantizar la neutralidad, la igualdad y la equidad en los procesos democráticos, evitando que los funcionarios utilicen su posición, los recursos del Estado o la información reservada para favorecer o perjudicar a determinados candidatos o movimientos políticos.
En ese contexto, la entidad del Ministerio Público que vigila y controla a los funcionarios del Estado retomó las denuncias que surgieron a través de las redes sociales en contra del personero del municipio cesarense, quien habría incurrido en la falta.
La investigación que inicia la Procuraduría parte de la publicación de una noticia en un portal regional en la que “presuntamente se visualiza al funcionario en una fotografía con la senadora María José Pizarro, del partido político de gobierno”.
Según la denuncia, al parecer, el personero emitía frases alusivas a su cercana amistad y a la admiración por el trabajo de la parlamentaria en la nación.
De esa manera, la Procuraduría inicia la recolección de pruebas para establecer si los actos en los que se relaciona al investigado corresponden o no a una falta disciplinaria.
Más de 180 denuncias
Hace solo un par de días, el procurador Gregorio Eljach mencionó que la entidad del Ministerio Público acumula ya 181 denuncias por participación en política de funcionarios públicos.
Las revisiones que se adelantan están algunas en etapas preliminares y otras, camino a ser corroboradas como faltas disciplinarias. De hecho, Eljach mencionó que ya se han aplicado sanciones a 13 personas, consistentes en suspensión provisional del cargo.
¿Qué está prohibido?
Los funcionarios públicos, en época electoral, tendrán que andar con pies de plomo, pues, según recuerda la Procuraduría, estas serían las prohibiciones para quien trabaja con el Estado.
- Utilizar el cargo para participar en actividades de los partidos o movimientos políticos y en las controversias políticas.
- Acosar, presionar o determinar en cualquier forma a particulares o subalternos a respaldar alguna causa, campaña, controversia política o influir en procesos electorales de carácter partidista.
- Usar los elementos destinados al servicio público para hacer proselitismo o desempeñar en cualquier sentido la actividad política electoral.
- Usar con los mismos fines información reservada a la cual tenga acceso por razón de su cargo.
- Exonerarse del cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales, con el pretexto de ejercer el derecho de participación en política.
- Disponer del tiempo de servicio u horario de trabajo para gestionar actividades de tipo político.
- Realizar contribuciones al financiamiento de partidos, campañas o causas políticas, salvo las excepciones previstas para los miembros de las corporaciones públicas.
- Difundir propaganda electoral o realizar manifestaciones a favor o en contra de cualquier partido, agrupación, movimiento político o candidaturas, a través de cualquier medio.
- Intervenir en controversias de tipo político, a través de cualquier medio.
- Ofrecer algún tipo de beneficio directo, particular, inmediato e indebido para los ciudadanos o para las comunidades, mediante obras o actuaciones de la administración pública, con el objeto de influir en la intención de voto.
- Autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas.
- Destinar recursos públicos para actividades de carácter proselitista, salvo los asignados por el Estado y que hagan parte del Fondo Nacional de Financiación Política