La Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial le recriminó nuevamente al presidente Gustavo Petro por sus ataques en las redes sociales contra las decisiones judiciales de las altas corporaciones.
La justicia, le recordó al Jefe de Estado que en la constitución política se reglamenta claramente la división de poderes, y que se debe cumplir a cabalidad.
“En las últimas horas, el presidente de la República, Gustavo Petro, realizó a través de sus redes sociales señalamientos contra una decisión del Consejo de Estado, que resultan incompatibles con la necesaria relación armónica que debe existir entre las ramas del poder público. Fue justo nuestro poder constituyente el que instituyó, como un elemento central de nuestra estructura institucional, en el artículo 113, el principio de separación de poderes”, señaló la Rama Judicial.
El pronunciamiento se conoce luego de que el Consejo de Estado suspendiera el decreto del Jefe de Estado de transferir 25 billones de los fondos privados a Colpensiones, decisión que no le gustó a Petro.
En su red social de X, el presidente Petro dijo: “El Consejo de Estado acaba con el derecho a la pensión y eso no debe ser permitido por el pueblo trabajador. La constitución de 1991 floreció en derechos para la gente. Un poder constituido como el Consejo de Estado no tiene ninguna legitimidad en anular los derechos de la gente que trabaja. Esa es una decisión inconstitucional y es un golpe de estado contra el pueblo constituyente y soberano. El pueblo trabajador debe decidir sobre el poder, no solo sobre el gobierno”.
Este mensaje de Petro en X, originó la respuesta de la rama judicial en la misma plataforma. “Cuando la Constitución Política, en su artículo 238, consagró la facultad de suspender provisionalmente los efectos de los actos administrativos, incluidos aquellos expedidos por el poder ejecutivo, reconoció expresamente la necesidad de establecer controles efectivos al ejercicio del poder público. En ese sentido, la existencia, competencias y legitimidad del Consejo de Estado tienen origen directo en la Constitución y responden a la voluntad soberana del constituyente”, añadió la Rama Judicial.