La Sala de Decisión Penal resolvió el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía y condenó a Darío Alberto Laíno Scopetta a 30 años de prisión por el delito de homicidio agravado en concurso homogéneo.

La decisión revocó la sentencia absolutoria emitida el 12 de junio de 2025 por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, que había absuelto al procesado por homicidio en persona protegida y concierto para delinquir agravado.

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La providencia señala: “Condenar al procesado Darío Alberto Laíno Scopetta y demás condiciones civiles y sociales conocidas en este diligenciamiento, por el delito de homicidio agravado en concurso homogéneo, a la pena principal de 30 años de prisión y a la accesoria de inhabilitación de derechos y funciones públicas por el término de 10 años”.

Condena contra el empresario. (Imagen de referencia). Foto: Getty Images

La decisión se adoptó luego de que la mayoría de la Sala rechazara la ponencia absolutoria presentada por el magistrado Augusto Enrique Brunal Olarte y procediera a resolver la apelación presentada por el ente acusador.

Los hechos que dieron origen al proceso ocurrieron el 12 de mayo de 2001 en la carrera 22 con calle 47, en Barranquilla, donde el abogado Neftalí Romero Gutiérrez y su escolta Adalberto Miguel Santamaría Peña fueron asesinados por un sujeto armado.

Según el expediente, el agresor disparó en repetidas ocasiones contra ambos hombres, causándoles la muerte en el lugar, y posteriormente huyó en una motocicleta de alto cilindraje con rumbo desconocido.

La investigación fue asumida inicialmente por la Fiscalía 12 de reacción inmediata y posteriormente trasladada a la Fiscalía 81 delegada ante los jueces penales del circuito especializado, adscrita a la dirección especializada contra violaciones a los derechos humanos.

El 29 de septiembre de 2017, esa dependencia profirió resolución de acusación contra Laíno Scopetta, señalándolo como autor mediato del homicidio en persona protegida en concurso homogéneo y en concurso heterogéneo con concierto para delinquir agravado.

Una vez en firme la resolución de acusación, el proceso fue remitido al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Barranquilla para adelantar la etapa de juicio, que concluyó inicialmente con la absolución del procesado en 2025, posteriormente apelada por la Fiscalía.