Lo que inició como una simple construcción al interior de un condominio donde vive la alcaldesa de Jamundí, Paola Castillo, se convirtió en toda una novela jurídica con denuncias de posibles vicios de trámite, desacatos y actos de aparente negligencia para atacar a uno de los propietarios del lugar.
La denuncia fue interpuesta por un residente, quien alega que luego de iniciar una construcción en su predio, con previos permisos legales de la Secretaría de Planeación, le pararon la obra con argumentos que, jurídicamente, no tienen ningún sustento.
Todo parece indicar, según los documentos aportados a SEMANA, que la inspectora de Policía y funcionarios de la Alcaldía se extralimitaron en sus funciones para, presuntamente, favorecer a terceros que no quieren que se realice la obra.
Detrás del caso hay un expediente robusto, con actuaciones administrativas, quejas, inspecciones, denuncias penales y recursos ante órganos de control que hoy ponen en entredicho la actuación de varias dependencias del municipio.
De acuerdo con la documentación, el denunciante adquirió el lote 287 en un condominio campestre desde 2016 y en 2025 inició una ampliación con licencia de construcción expedida mediante Resolución 592 del 28 de octubre de ese año por la Secretaría de Planeación. Con ese respaldo, comenzó trabajos de remoción de tierra y cerramiento del área.
Sin embargo, la obra se convirtió rápidamente en el centro de disputas internas. Según el denunciante, la administración del condominio, encabezada por su representante legal, Diana Alexandra Martínez, habría incurrido en actuaciones que vulneran derechos fundamentales como la propiedad privada, la igualdad y el derecho de petición. Incluso, uno de los episodios está bajo investigación de la Fiscalía por el presunto delito de violación de habitación ajena.
El conflicto escaló cuando la administración del conjunto presentó una queja ante la Secretaría de Planeación el primero de diciembre de 2025, solicitando la revocatoria de la licencia de construcción. Paralelamente, el denunciante también radicó solicitudes y quejas pidiendo inspecciones a otros predios del condominio por posibles infracciones urbanísticas.
Los documentos muestran un patrón que hoy es cuestionado: mientras la obra de del denunciante fue objeto de visitas y actuaciones rápidas, otras construcciones señaladas por presuntas irregularidades no habrían recibido el mismo tratamiento.
De hecho, una inspección realizada el 6 de marzo de 2026 al predio 287 concluyó que la edificación “corresponde al proyecto de ampliación aprobado” y que “se desarrolla conforme a las especificaciones técnicas y constructivas autorizadas”. No obstante, el informe advirtió variaciones en los aislamientos laterales y posteriores.
En contraste, en una visita al predio 272, colindante con la propiedad del denunciante, se evidenció que la vivienda no contaba con licencia para estructuras como piscina, jacuzzi y zona BBQ. A pesar de estos hallazgos, el denunciante sostiene que no hubo actuaciones contundentes frente a ese caso.
“Se evidenció no solo el incumplimiento de los aislamientos reglamentarios, sino la existencia de edificaciones sin licencia”, se lee en los documentos aportados, lo que ha despertado dudas sobre un posible trato desigual.
Las irregularidades no se limitarían al ámbito técnico. El expediente también señala presuntos vicios de procedimiento dentro de la Secretaría de Planeación, a cargo de Yexica Karime Obando. De acuerdo con la denuncia, hubo demoras injustificadas, falta de respuestas de fondo a derechos de petición y decisiones contradictorias frente a la programación de visitas de inspección.
Uno de los puntos más delicados tiene que ver con la remisión de un expediente a la Inspección Tercera de Policía, cuando, según el denunciante, la autoridad competente era la Inspección Segunda. Este hecho dio lugar a una denuncia penal por presunto fraude procesal.
A pesar de ello, la Inspección Tercera, a cargo de Fernelly Quijano Cerquera, avocó conocimiento del caso mediante Auto 55 del 8 de abril de 2026 y ordenó la suspensión inmediata de la obra. “Ordenar la suspensión de toda actuación constructiva en el predio”, señala el documento.
Esa decisión fue duramente cuestionada por la defensa del denunciante, que la calificó como una vulneración al debido proceso. Según alegan, se impuso una medida correctiva sin audiencia previa y sin agotar las etapas del procedimiento verbal abreviado.
La controversia llegó a tal punto que la misma Inspección Tercera, un día después, sorprendentemente dejó sin efectos su propio auto, es decir, la suspensión de la obra, y remitió el caso a la Inspección Segunda, reconociendo fallas en el trámite y vulneraciones a la seguridad jurídica, así como las demás garantías procesales.
Pero el panorama no mejoró. En la Inspección Segunda, a cargo de la inspectora encargada Janeth Alejandra Jaramillo Quintero, el denunciante asegura que se repitieron irregularidades. Entre ellas, la negativa a entregar copias del expediente pese a múltiples solicitudes, citaciones de un día para otro, la falta de pronunciamiento sobre recursos interpuestos y la realización de una audiencia sin resolver la solicitud de aplazamiento de la misma por no contar con las pruebas a controvertir en el marco del derecho a la defensa en el estrado administrativo dentro del marco del proceso verbal abreviado.
“El despacho guardó silencio frente a las reiteradas solicitudes de copias del expediente”, se lee en uno de los memoriales y frente a todos los requerimientos ordenados por la defensa. Además, durante la audiencia del 13 de abril de 2026, “no se dejó constancia de la solicitud de aplazamiento ni de las pruebas aportadas”.
Otro de los puntos críticos es la vinculación de la Secretaría de Planeación como parte procesal dentro del caso, decisión que la defensa considera irregular. “Carece de fundamento jurídico su reconocimiento como sujeto procesal”, advierte el recurso presentado.
El cúmulo de actuaciones llevó a que el caso fuera escalando a instancias superiores. El denunciante ha radicado quejas ante la Procuraduría, denuncias ante la Fiscalía por presunto prevaricato y solicitudes de nulidad de todo lo actuado en el proceso policivo.
Según los documentos, “no se ha permitido conocer ni se ha hecho entrega de las pruebas”, lo que habría impedido ejercer una defensa adecuada. Para el denunciante, esto constituye una violación directa al debido proceso.
En medio de este panorama, la Alcaldía de Jamundí entregó su versión a SEMANA. La administración confirmó que existe un proceso en curso por una presunta infracción urbanística dentro del conjunto residencial, tramitado por la Inspección Segunda de Policía bajo el procedimiento verbal abreviado de la Ley 1801 de 2016.
“La Secretaría reitera que este tipo de actuaciones se desarrollan en el marco del respeto al debido proceso, garantizando el derecho de defensa y contradicción de las partes”, señaló la Alcaldía. Además, indicó que el proceso se encuentra en etapa de argumentos y que aún no hay una decisión de fondo.
La administración también hizo un llamado a evitar juicios anticipados mientras no se resuelva el caso. De igual manera, este medio conoció que el denunciante puso en conocimiento de la alcaldesa estas presuntas irregularidades al interior de su administración.
Sin embargo, los documentos conocidos revelan una cadena de decisiones, omisiones y actuaciones que hoy están bajo la lupa de los organismos de control y la justicia penal, y que han convertido una obra privada en un escándalo que salpica a la institucionalidad de Jamundí.