Carlos Alonso Lucio, uno de los principales coordinadores del equipo de empalme del presidente electo, Abelardo De La Espriella, aspira a contar con un partido político.

SEMANA conoció que el 26 de junio de 2025 Lucio solicitó ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) el reconocimiento de la personería jurídica para su movimiento Bolivarianos.

El magistrado Christian Quiroz, presidente del tribunal electoral y ponente del caso, ya radicó una ponencia favorable ante la sala plena para que sea estudiada, debatida y votada por los demás magistrados.

Carlos Alonso Lucio, coordinador del empalme de Abelardo De La Espriella. Foto: Juan Carlos Sierra

“Reconocer la personería jurídica al Partido Político Movimiento Bolivariano, de conformidad con la parte motiva del presente acto administrativo. La personería jurídica reconocida se mantendrá incólume hasta las elecciones congresales de 2030, momento para el cual el partido político deberá refrendar su apoyo en idénticas condiciones a las demás colectividades que gozan de dicha prerrogativa”, se lee en la parte resolutiva de la ponencia.

Quiroz también ordenó registrar de manera transitoria el nombre y el logotipo de la colectividad en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica. Además, aprobó su logo, en el que se lee: “Hacia el gran sueño de Bolívar” y aparece la imagen de la espada del libertador Simón Bolívar.

Resolución del CNE que le otorga personería jurídica al movimiento de Carlos Alonso Lucio. Foto: Pantallazo documento CNE.

A juicio del magistrado ponente, “es notable que el legado que impartía en su momento el senador Carlos Alonso Lucio López antes y durante su cautiverio, fue truncado por circunstancias de violencia e intimidación, así como por la vulneración de derechos fundamentales y principios constitucionales que afectaron su derecho a la participación política en condiciones de igualdad para el reconocimiento cualitativo y cuantitativo que le permitiera la personería jurídica, y que amerita en consecuencia el reconocimiento de la misma en este momento histórico en el que esta autoridad electoral, sustentada en la jurisprudencia constitucional, propende por la garantía de los derechos políticos, por lo que es dable el análisis de tal atributo para la colectividad política que representaba en entonces senador del Partido Político Movimiento Bolivariano”.

Carlos Alonso Lucio argumentó ante el CNE que, como integrante del Movimiento 19 de Abril (M-19), “participé activamente en las negociaciones de paz durante la administración del presidente Virgilio Barco, las cuales culminaron con la firma del histórico Acuerdo Político Final del 9 de marzo de 1990”.

“Como fruto de este proceso de paz y de la reintegración a la vida civil, en mi calidad de desmovilizado del otrora M-19, llegué al Congreso de la República, inicialmente, siendo elegido a la Cámara de Representantes para el período constitucional 1994-1998”.

El magistrado Cristian Quiroz, del CNE, ponente. Foto: COLPRENSA

Lucio también recordó que es de conocimiento público que durante ese período en el Congreso de la República “fui protagonista del proceso de juzgamiento contra el entonces presidente Ernesto Samper, lo cual me generó tanto adeptos como contradictores”.

Posteriormente, fue elegido por el Movimiento Bolivariano como senador para el período 1998-2002. Obtuvo 70.581 votos, “lo cual no solo demuestra la existencia del Movimiento Bolivariano, sino su éxito electoral, su vocación de permanencia y su proyección al ser solo la primera experiencia del movimiento político en los comicios congresionales”.

Asimismo, sostuvo que el Movimiento Bolivariano fue fundado por él con dos banderas principales: la paz, que hizo posible su reintegración a la vida civil y el inicio de su participación democrática como una nueva alternativa política, en el marco de los fines de la Constitución Política de 1991, y el impulso de la integración de la comunidad latinoamericana como ideal del libertador Simón Bolívar.

Sin embargo, el 25 de septiembre de 1998 fue llamado a juicio por la Corte Suprema de Justicia dentro de un proceso penal en su contra. “Finalmente, fui condenado por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia por el delito de falsa denuncia contra persona determinada, mediante sentencia de única instancia del 14 de agosto de 2000, teniendo en cuenta mi condición de aforado constitucional, tal y como lo establecía el ordenamiento jurídico de la época. La pena impuesta fue de treinta (30) meses de prisión”, afirmó.

Con respecto a esa condena, señaló que, mediante una carta dirigida al Congreso de la República, “renuncié a mi curul en el Senado con la finalidad de defenderme de la condena impuesta”.

“Esta condena significó mi ‘muerte política’, en razón a que, no solo, nunca más, pude volver a ser elegido a la corporación pública en la que me desempeñaba, sino en ninguna otra, como una asamblea departamental o un concejo distrital o municipal; incluso, tampoco en cargos de elección popular unipersonales, como las alcaldías o gobernaciones, pues en todos estos cargos el ordenamiento jurídico replica la inhabilidad consagrada en el mencionado numeral 1.° del artículo 179 de la Constitución Política”, explicó.

Según Lucio, como consecuencia de esa situación, el Movimiento Bolivariano también desapareció “abruptamente” del escenario político.

Ahora, el Consejo Nacional Electoral podría avalar el movimiento y otorgarle personería jurídica. La discusión ya está en el orden del día.