El Gobierno De La Espriella presentó en el Congreso la Ley de Sometimiento, con la que pretende establecer las condiciones para que los grupos armados ilegales puedan someterse a la justicia, con el fin de desarticularlos y brindarles a las víctimas garantías de reparación y no repetición.
El ministro de Justicia, Iván Cancino, explicó que la propuesta incluye algunas rebajas para los integrantes de los grupos criminales que colaboren con información o detalles específicos que están contemplados en la iniciativa, siempre y cuando se cumplan varias condiciones.
Ante esto, se aclara que no se eliminarán otras medidas: “No se suspenderá la ejecución de las órdenes de captura ni la extradición de los integrantes de los actores armados ilegales o terroristas que se sometan a la Constitución y a la ley”, indica el articulado.
El proyecto indica que el presidente de la República podrá definir el lugar en el que serán judicializados los integrantes de los grupos armados criminales que se sometan.
Otro detalle del articulado está en el proceso de sometimiento que tendrían que adelantar las organizaciones criminales para pasar a la legalidad de manera voluntaria.
Se expone que se adelantarán dos fases: una administrativa a cargo del Gobierno nacional y otra judicial. Para eso, el interlocutor del grupo armado deberá entregar la identificación de la estructura, el área de influencia, el número de integrantes, el armamento, entre otros detalles. El Gobierno responderá con una hoja de ruta y las condiciones para el desarme, en las que estarán la entrega de bienes, la reinserción de la niñez, entre otros.
En la fase de judicialización, una vez recibida el acta de sometimiento donde quedarán consignados los acuerdos con el Gobierno, se valorarán los aportes colectivos e individuales a la verdad, las propiedades y la información sobre personas desaparecidas y los actos de corrupción. Además, se determinará personalmente la responsabilidad penal según el grado de mando de cada integrante.
Delegados del Gobierno
El proyecto menciona que se facultará a delegados que sean autorizados por el presidente de la República para adelantar conversaciones y acercamientos con los interlocutores designados por los grupos criminales que manifiesten su voluntad de someterse, con el objetivo de facilitar liberaciones, reintegración de menores y búsqueda de personas desaparecidas.
Unidad especializada para la investigación
Se propone que la Fiscalía General de la Nación cuente con una unidad especializada para la investigación y la judicialización de actores armados ilegales o terroristas, que tendrá como integrantes a miembros de la Dijín y del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI).
No se crearían nuevos cargos y se coordinaría con el Ministerio de Justicia, la Defensoría del Pueblo y la Agencia para la Reincorporación y la Normalización.
Las condiciones para el sometimiento
Uno de los requisitos que se establece para los actores armados ilegales que se quieran someter es que deberán manifestarlo expresamente por escrito al Gobierno nacional, a través de su interlocutor.
Además, deberán dejar las armas e identificar a los menores de edad reclutados y a las personas secuestradas y desaparecidas en su actuar criminal.
De igual modo, tendrán que cesar todas las actividades ilícitas y comprometerse al desmantelamiento y la entrega de información sobre nexos políticos con la organización.
“El incumplimiento de cualquiera de las condiciones previstas en este artículo dará lugar a la revocatoria del tratamiento penal diferenciado y de los beneficios asociados a él, según la valoración judicial correspondiente”, se aclara en el articulado.
Y se menciona que una opción de trabajo restaurativo podrá ser la erradicación de cultivos ilícitos.
Rebajas de pena
Se propone una rebaja del 50 % de las penas para quienes aporten con verdad y reparación a las víctimas, entre otras contribuciones al desmantelamiento.
Igualmente, se habla de la posibilidad de cumplir la medida de aseguramiento en centros de arraigo transitorios o “colonias agrícolas”, así como en “cárceles productivas”.
También está la posibilidad de la aplicación de la libertad condicional de cuatro de las quintas partes de la pena tras un informe de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización sobre el desempeño y comportamiento durante la pena, sumado al concepto favorable de la víctima. Esto también aplicará si se entrega información relacionada con el esclarecimiento de nexos políticos de la organización y líneas de corrupción.
Se aclara que, en el caso de los criminales que no ejerzan un rol de mando y únicamente hayan incurrido en delitos como concierto para delinquir simple y agravado, utilización ilegal de uniformes e insignias, utilización ilícita de equipos transmisores o receptores y porte ilegal de armas de fuego o municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas o de defensa personal, y contribuyan a la verdad, la pena quedará extinta con previa determinación judicial.
“Quienes se presenten durante los primeros 180 días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, cumplan con la totalidad de los requisitos que trata el presente numeral y no tengan un rol de mando dentro de la organización, podrán tener derecho a la suspensión de la ejecución de la pena desde el momento en que se dicte la sentencia”, dice el articulado.
Por otro lado, una vez transcurrido un año de la ejecución de la pena, se podrá adelantar la suspensión condicional de su ejecución a quienes hayan participado de delitos como lavado de activos, testaferrato y enriquecimiento ilícito “siempre y cuando entreguen los bienes producto de las acciones ilícitas y se comprometan con medidas verificables de justicia restaurativa”, aclara el proyecto.
Reparación a las víctimas
Las víctimas podrán realizar la solicitud de registro por medio del cual accederían a los derechos de verdad, justicia, reparación y no repetición dentro del marco legal.
El Gobierno creará un programa de reparación individual para las víctimas de “estructuras de crimen organizado y terroristas”.