Volar y utilizar un dron en Colombia es una tarea que se debe realizar bajo las normas establecidas por la Aerocivil, con el objetivo de poder desarrollar los vuelos siguiendo las normas técnicas definidas por la entidad y los entes correspondientes de la nación.
La regularización para el uso de drones en Colombia se realiza mediante la norma RAC-100, la cual exige un registro obligatorio para equipos de 200 g o más. Este trámite se realiza en la plataforma UAS Colombia de la Aerocivil, donde se deben subir fotos y datos técnicos.
“Que, de conformidad con el Artículo 8° del referido Convenio sobre Aviación Civil Internacional, ‘ninguna aeronave capaz de volar sin piloto volará sin él sobre el territorio de un Estado contratante, a menos que se cuente con permiso especial de tal Estado y de conformidad con los términos de dicho permiso (…)’, agregando que ‘(…) Todos los Estados contratantes se comprometen a velar porque el vuelo de aeronaves sin piloto en las regiones abiertas al vuelo de aeronaves civiles se regule de tal modo que se evite todo peligro a las aeronaves civiles”, señala la Aerocivil.
¿A quiénes aplica?
- Personas naturales o empresas (con o sin fines comerciales)
- Entidades públicas y privadas
- Centros de entrenamiento de pilotos UAS
- Entidades del Estado (incluyendo fuerzas militares en ciertos casos)
Por otro lado, el documento señala el tipo de categorías con las cuales se cuenta en Colombia:
Categoría abierta
- Uso recreativo o sin fines comerciales
- Drones hasta 25 kg
- No requiere licencia de piloto, pero sí registro (≥200 g)
“La categoría abierta que pensamos como un tema de hobby, de recreación, del uso de mi aeronave personal. Su registro, que es lo primero que tenemos que hacer, registrar la aeronave, va desde los 200 g en adelante”, comentó a SEMANA Mario Fernando Rodríguez Montoya, coordinador del grupo de drones y movilidad urbana aérea de la Secretaría de Autoridad Aeronáutica de la aeronáutica.
Categoría específica
Esta categoría destaca por ser de utilización comercial o profesional; además, es obligatorio contar con una póliza de seguro que cubra daños a terceros. En la categoría abierta no siempre se exige de entrada, pero cualquier incidente sin seguro puede llevar a demandas civiles costosas.
“En categoría específica sí es obligatorio porque es uno de los requisitos para pedir la autorización de vuelo; esta póliza es la que pide la Aeronáutica Civil para las autorizaciones de vuelo”, resalta el coordinador del grupo de drones.
Esta categoría requiere:
- Piloto certificado
- Registro del dron
- Autorización de vuelo
- Seguro
Categoría certificada
- Operaciones similares a la aviación tradicional
- Aún no habilitada completamente en Colombia
Otro aparte del comunicado señala que el operador de un dron debe planear cada vuelo evaluando previamente los riesgos, asegurándose de que la aeronave se encuentre en condiciones seguras para operar.
Por otro lado, durante la operación, es fundamental evitar colisiones con otras aeronaves y respetar en todo momento la privacidad de las personas. Asimismo, está estrictamente prohibido operar bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas, y se debe garantizar que el tiempo de vuelo no supere el 80 % de la autonomía del dron, con el fin de mantener un margen de seguridad adecuado.
Durante la operación de un dron se deben cumplir estrictas limitaciones de seguridad, como no volar a menos de 30 metros de personas y respetar una altura máxima de 400 pies (aproximadamente 122 metros).
Es importante tener en cuenta que, de acuerdo con la normativa RAC 100 en Colombia, operar un dron de forma irregular, en zonas prohibidas o sin permisos, puede generar multas de hasta 55 salarios mínimos mensuales.
Además, está prohibido operar en zonas restringidas o prohibidas, y en áreas urbanas únicamente se permiten vuelos bajo condiciones de línea de vista directa (VLOS). En todo momento, las aeronaves tripuladas tienen prioridad, por lo que el operador debe cederles el paso y mantener una distancia segura.