La Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) recordó cómo regirá la rotación del pico y placa en Bogotá desde el martes 26 al 29 de mayo de 2026.

La entidad detalló que los horarios y las placas autorizadas se mantienen, según lo establecido para vehículos particulares y taxis.

Para vehículos particulares, la restricción rige entre las 6:00 a. m. y las 9:00 p. m., mientras que para taxis opera desde las 5:30 a. m. hasta las 9:00 p. m.

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Así regirá la medida de pico y placa para carros particulares, desde el martes 26 al 29 de mayo:

  • Martes 26 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Miércoles 27 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Jueves 28 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Viernes 29 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Sábado 30 de mayo: no aplica la medida de pico y placa.
  • Domingo 31 de mayo: no aplica la medida de pico y placa.

Pico y placa para taxis

La Secretaría de Movilidad recordó que, de lunes a sábado, de 5:30 a. m. a 9:00 p. m., rige el pico y placa para taxis en Bogotá, teniendo en cuenta el último número de placa.

Así mismo, la restricción para taxis no aplica los domingos ni festivos en la capital del país.

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Así opera el pico y placa para taxis desde el martes 26 al 29 de mayo:

  • Martes 26 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.
  • Miércoles 27 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.
  • Jueves 28 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
  • Viernes 29 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Sábado 30 de mayo: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Domingo 31 de mayo: No aplica la medida de pico y placa.