OPINIÓN

Continúa el teatro del absurdo en Santurbán

En el país, contrario a la lógica y el sentido común, los páramos se han delimitado con una óptica diametralmente opuesta: limitando su extensión para dar vía libre a las actividades extractivistas y haciendo trizas el concepto de integralidad.

María Angélica Raigoso Rubio
25 de agosto de 2020

Aunque los ecosistemas deberían delimitarse para su protección y conservación más tratándose de los vitales y estratégicos, pero a la vez frágiles y vulnerables ecosistemas de páramos, las fábricas de agua por excelencia en nuestro país—, pues es necesario poner un límite a la intervención humana con sus actividades económicas (visión conservacionista), en nuestro país, contrario a la lógica y el sentido común, se han delimitado con una óptica diametralmente opuesta: limitando su extensión para dar vía libre a las actividades extractivistas y haciendo trizas el concepto de integralidad. Es decir, se delimita amañadamente de manera que el páramo se extienda hasta donde no se afecten los proyectos mineros (visión minera), y esta visión limitará el agua de los colombianos.

Con visión minera, el gobierno Santos delimitó Santurbán mediante Resolución 2090 de 2014, una resolución acomodaticia que configuró el más grande engaño en la historia ambiental del país. Con esta nueva realidad, aun habiendo sido el principal crítico y opositor de la delimitación de páramos, desde que Santos la anunció, en 2011 acudimos a la acción de tutela con el liderazgo de la Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez (CCALCP), la cual originó la Sentencia T-361 (2017) de la Corte Constitucional.

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Aunque la T-361 exigió al Ministerio de Ambiente hacer una nueva delimitación porque la 2090 vulneró el derecho fundamental a la participación ambiental, dejó dos gravísimos vacíos: primero, para que no quedara “desprotegido” el páramo, dejó a Santurbán en manos de la Resolución acomodaticia minera 2090, a manera del ratón cuidando el queso, hasta que el MinAmbiente expida la nueva delimitación, y, segundo, bajo esta premisa equívoca de la R. 2090 “protectora paramuna”, no exigió a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) abstenerse de otorgar licencias para la explotación, hasta que no esté en firme la nueva delimitación. Una grave amenaza para nuestra agua.

El Ministerio de Ambiente, en cumplimiento de la T-361, tiene una “propuesta integrada de delimitación de Santurbán” para concertar con las comunidades, con méritos suficientes para ser la extensión del gran engaño de su predecesora, la Resolución 2090: otra delimitación exprés político-minera, sin la luz científica de los estudios hidrológicos e hidrogeológicos, al servicio de los intereses mineros, y que, aunque aumenta en 3.446 hectáreas el área de referencia del páramo, no logra ocultar el engaño de volver a dejar “por fuera del páramo” al proyecto de Minesa (acomodaticia minera como la 2090).

Por otra parte, la Anla quiere aprobar un proyecto al que jamás debió dársele trámite, pues a la luz de nuestra Carta Magna y las Leyes, resulta absolutamente inviable. La Anla hizo 83 requerimientos al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por Minesa, en 2017; en marzo de 2018 le aceptó el desistimiento de su proyecto en lugar de negar la licencia; y, en noviembre pasado, hizo 107 requerimientos al segundo EIA presentado por Minesa, en enero de 2019.

Pero si por la Anla llueve, en la CDMB no escampa: ‘ad portas‘ de que la Anla decida sobre el proyecto Soto Norte, debería ya haber resuelto una investigación ambiental próxima a cumplir tres años el 21 de noviembre contra Minesa como presunto infractor a la normatividad ambiental por su túnel de exploración El Gigante. La Anla tampoco puede ignorar el concepto técnico de la CDMB que, en septiembre pasado, negó, con todos los soportes científicos, cinco permisos solicitados por Minesa.

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En conclusión, han primado las decisiones políticas del Gobierno para favorecer los intereses particulares mineros, en contraposición a los argumentos técnico-científicos y, por contera, otras entidades del Estado se han alineado con el poder central para tal fin, convirtiendo, paradójicamente, las decisiones gubernamentales y los actos administrativos emitidos por las autoridades ambientales, o la omisión de ellos, en la principal amenaza que hoy enfrentan nuestra agua y nuestros páramos.

El país aún no entiende la magnitud del nefasto precedente que sería licenciar para la minería en Santurbán o en sus ecosistemas circunvecinos, pues se abriría la compuerta para la devastación de los demás 36 páramos, con fines mineros, poniéndose en altísimo riesgo el agua que consumimos cerca del 80 por ciento de los colombianos.

Ahora que la Procuraduría General de la Nación ha solicitado a la Anla reactivar urgentemente el Comité Técnico Consultivo para decidir sobre el proyecto de Minesa, debe hacer un estricto seguimiento a la conducta oficial de todos los funcionarios involucrados en el proceso, para que cumplan con la Constitución, las leyes y todas las normas de protección ambiental, so pena de que, en la práctica, termine cohonestando y alineada con los intereses politizados y mineros del Gobierno y las empresas, y convertida en otro nefasto personaje de este teatro del absurdo de Santurbán.

*Líder en defensa del agua y los páramos; uno de los accionantes de la tutela (Sentencia T-361; 2017).