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Camilo Cuervo (Foto para columna)

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Los humanos no binarios … un derecho con muchos interrogantes

Este es el país de los derechos, pero no necesariamente de las obligaciones.

4 de marzo de 2022

Desde hace varias semanas se vienen conociendo decisiones judiciales que coinciden en establecer el legítimo derecho de las personas a no “clasificarse” como hombres o mujeres en lo que se ha dado en llamar seres “no binarios”.

Ese avance en los derechos humanos, por lo menos en lo que a la defensa del libre desarrollo de la personalidad se refiere, luce progresista y ampliamente liberal, sin embargo, cuando se llega a su aplicación práctica surgen muchas preguntas porque las sentencias se concentran en garantizar un simple registro en los documentos de identidad, pero se quedan muy cortas al establecer los efectos que decisiones de esa magnitud pueden generar.

El problema es que no es tan claro quién y cómo se tendrán que asumir las cargas o el costo de las consecuencias insospechadas de los fallos garantistas de nuestros jueces. A manera de ejemplo, hoy nos preguntamos: En actividades que por riesgo químico o físico solo están reservadas a los hombres, ¿cómo se manejará el proceso de selección sin incurrir en discriminación, sí la persona no binaria es biológicamente una mujer? ¿Cómo debe asumirse una persona no binaria, para efectos de definir la edad pensional que actualmente tiene diferencias entre hombres y mujeres? En seguridad social, por encima de los derechos, existen consideraciones financieras y de equidad que deberían debatirse antes de reducir la discusión a un simple registro en una cédula de ciudadanía.

En un país donde tomar atajos para evadir obligaciones es una práctica ancestral y hasta nos vanagloriamos de eso alegando que se trata de “malicia indígena”, serán muchos los que accederán al registro no binario para “acortar” el camino a una pensión.

Si asumimos que la edad pensional del no binario es el previsto para las mujeres, muchos hombres encontraran un incentivo perverso para acceder a esa nueva clasificación. Es tan sencillo como un registro para ganarse una pensión 5 años antes de lo que legítimamente merece. Si, por el contrario, concluimos que la edad pensional es la que corresponde a los hombres, lloverán rayos y centellas judiciales. Si nos quedamos con el género biológico para efectos de pensionarse, sería inocuo el derecho del no binario. No hay forma de dejar contentos a todos.

Nuevamente las respuestas a esas preguntas abren nuevos debates sobre derechos, no solo de los humanos no binarios, sino de otras personas que deberán convivir armónicamente con ellos. Es cierto que la sociedad debe transformarse para aceptar y adoptar nuevas realidades personales, sin embargo, esos cambios, como todo en la vida, debería ser cuando menos progresivos para que las trasformaciones no sean más traumáticas que los problemas que pretenden solucionar.

Este es el país de los derechos, pero no necesariamente de las obligaciones. Todo derecho trae inmerso un deber; la sociedad tiene la obligación de acomodarse a los no binarios, pero ellos también tienen que comprender que todo tiene un momento, un proceso y un orden. La evolución, si así puede llamarse, no llegará rápido ni fácil, sin embargo, llegará.

Álvaro Gómez Hurtado, para mi gusto el hombre más iluminado de Colombia en toda su historia, solía decir que en Colombia existe más conservatismo que conservadores… tenía toda la razón. Vamos despacio, la sociedad cambiará, para bien o para mal, pero no a la fuerza. Forzar una puerta para abrirla, lo único que logra es dañarla.

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