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Héctor Paul Flórez fue condenado a 40 años de cárcel por el magnicido. Según este documento de la Dijín de 1995, él no estaba en Bogotá en la fecha del crimen.

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Álvaro Gómez, un magnicidio incomprensible

La familia de Álvaro Gómez lidera una cruzada para reivindicar la inocencia del hombre que según la justicia perpetró el magnicidio. La Corte Suprema de Justicia rechaza esa pretensión y ratifica su fallo condenatorio.

23 de febrero de 2019

El nombre de Héctor Paul Flórez es relativamente desconocido para la mayoría de la opinión pública. Pero sí está muy presente en la memoria de los colombianos la razón por la que lo sentenciaron a 40 años de prisión: el asesinato de Álvaro Gómez Hurtado.

Sin embargo, hace pocos días se conoció un informe de la Policía, de hace 23 años, que generó la impresión de que la condena de Flórez pudo ser una injusticia en medio de un plan para desviar la investigación del magnicidio.

Se trata de un documento de la Dijín fechado el 27 de noviembre de 1995, y divulgado por Noticias Caracol el domingo de la semana pasada. En cinco hojas el entonces capitán Hugo Agudelo les informó a sus superiores que, después de realizar labores de investigación y una gran cantidad de entrevistas, llegó a la conclusión de que los tres hombres señalados de disparar contra Gómez Hurtado en Bogotá jamás estuvieron en la capital el día que ocurrió el crimen.

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Semejante revelación hizo recordar el tristemente célebre caso del químico barranquillero Alberto Júbiz Hasbún, arrestado en agosto de 1989, señalado de ser uno de los asesinos de Luis Carlos Galán. Cuatro años más tarde, en 1993, un juez ordenó su libertad al comprobar que, a diferencia de lo que dijeron las autoridades, él nunca estuvo en el lugar del asesinato ni participó de manera alguna.

Hasbún murió en 1998 de un infarto y en febrero de 2014 el Consejo de Estado ordenó al Estado pagar una millonaria indemnización a su familia por la injusticia. El documento revelado la semana anterior permitía creer que el caso de Flórez podía ser similar.

La investigación

El líder conservador murió a las 10:30 de la mañana del 2 de noviembre de 1995 cuando un grupo de hombres le disparó al salir de la Universidad Sergio Arboleda. Dos semanas más tarde, la Dijín y la Fiscalía anunciaron la captura de tres personas señaladas de ser los sicarios que acabaron con la vida del líder conservador y su conductor. Uno de los detenidos fue Flórez. Los otros eran dos paisanos y amigos suyos de Sincelejo llamados Manuel Montero y Flaminy Tovar.

Esos arrestos se basaron, entre otras pruebas, en el testimonio de un hombre llamado Carlos Lugo, quien a los pocos días del magnicidio se acercó a la Policía y dijo que Flórez y los otros dos hombres le contaron que ellos asesinaron a Gómez Hurtado. Según él, Flórez y sus amigos le revelaron esta información mientras estaban de rumba en dos establecimientos públicos. Allí, afirmó Lugo, le dijeron que el 2 de noviembre, día del crimen, viajaron de Sincelejo hasta Bogotá para asesinar al político conservador.

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Montero y Tovar libraron una larga batalla para convencer a la justicia de que Lugo mentía. Argumentaron que el día del homicidio estaban a cientos de kilómetros de Bogotá, asistiendo en Sincelejo al entierro de la abuela de Tovar. También anexaron una declaración posterior en la que Lugo se retractó y confesó que había declarado contra ellos motivado por una millonaria recompensa. Pasaron siete años en la cárcel hasta que los liberaron en 2001; Flórez no corrió con la misma suerte.

Aunque él siempre ha dicho que estaba con sus dos amigos en la ceremonia fúnebre, lo condenaron a 40 años de cárcel en sentencias ratificadas tanto en los tribunales como en la Corte Suprema. Pasó 18 años tras las rejas y quedó en libertad en 2014, gracias a las rebajas contempladas en la ley por estudio, trabajo y por haber purgado la mayor parte de su condena.

Foto: Este fallo de la Corte Suprema de Justicia ratifica la responsabilidad de Héctor Flórez en el magnicidio.

Más allá del documento, llama la atención que a Flórez lo defiende ni más ni menos que Enrique Gómez Martínez, el sobrino de Álvaro Gómez Hurtado. Este ha insistido en que alguien desvió la investigación para evitar dar con los verdaderos responsables. Según él, Flórez, único condenado por el caso, es un chivo expiatorio sentenciado injustamente como parte de esa estrategia. Por esa injusticia, habría decidido convertirse en su abogado.

En noviembre del año pasado, Gómez radicó una acción de revisión ante la Corte Suprema de Justicia en la que, básicamente, pedía tumbar la condena contra Flórez con el argumento de que no se tuvieron en cuenta varias pruebas, como el documento de la Dijín revelado recientemente. El martes, dos días después de la revelación, se conoció la respuesta de la Corte Suprema de Justicia a Gómez Martínez.

En una ponencia firmada por los integrantes de la Sala de Casación Penal, el magistrado Eugenio Fernández negó la revisión del fallo y a lo largo de 32 páginas refutó uno a uno los argumentos de Enrique Gómez.

El alto tribunal rechazó las pretensiones al señalar que en la solicitud no se presentó una prueba nueva para revisar el expediente. En este sentido indica que los elementos puestos de presente en el recurso de revisión ya habían sido citados en otros estrados judiciales. “No es novedoso el contenido de las declaraciones rendidas por los testigos a los que alude la defensa”, afirma uno de los apartes del fallo, en los que se insiste que las declaraciones citadas ya se habían conocido en el desarrollo del juicio y en los respectivos recursos de apelación y casación.

El sobrino de Álvaro Gómez Hurtado es quien defiende a Flórez

En la providencia el magistrado Fernández es enfático en afirmar que las autoridades judiciales estudiaron todos los elementos materiales probatorios que llevaron a proferir la condena de 40 años contra Flórez por participar en el plan para atentar contra el excandidato presidencial y dirigente conservador.

Frente al argumento de las contradicciones del testigo Lugo, la Corte afirma que en una instancia judicial anterior esa declaración había sido, efectivamente, rechazada. Pero le recuerda al abogado Gómez que ese no era el único testimonio contra Flórez y que se le dio validez a la declaración de otros testigos del crimen que lo señalaron como uno de los hombres que disparó contra el líder conservador.

“El Tribunal estimó la declaración y reconocimiento en la fila de personas efectuada por Javier Johnson Fonseca Buitrago, y luego valorar conjuntamente otras pruebas testimoniales, incluidas la de Édgar Rueda Jauregui y otros transeúntes que presenciaron, los hechos dio como probada la responsabilidad de Héctor Paul Flórez Martínez en el homicidio de Álvaro Gómez Hurtado y José del Cristo Huertas Hastamorir”, dice uno de los apartes de la decisión.

La Corte aseguró que, pese a lo dicho por la defensa de Flórez, muchos elementos materiales de prueba lo ubican en Bogotá en el momento de la ejecución del magnicidio. Esto para desautorizar el informe de la Dijín del 27 de noviembre de 1995, el cual afirma que no estaba en la capital.

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Sobre este punto en particular, en las páginas 26 y 27 del fallo el magistrado Fernández afirma que ese documento, presentado recientemente como desconocido, realmente no lo es. “Su contenido sí fue ventilado en los debates propios del juicio y, por ende, considerado en las instancias”, dice al referirse al informe de la policía.

“En desarrollo de su posición defensiva, Héctor Paul Flórez expone que para la fecha de los hechos estuvo en el sepelio de un familiar de Fleminys, circunstancia que pretendió respaldar a través de prueba testimonial, que pese a su numerosidad fallaron en su objetivo en la medida en que presentan contradicciones relevantes en aspectos medulares de su dicho, tal y como sucede con el padre del procesado”. Este es un uno de los apartes citados por el magistrado en su fallo, en el que retoma lo que dijo el juez de primera instancia que condenó inicialmente a Flórez y cuestiona la credibilidad de los testimonios del documento de la Dijín.

Todo lo anterior arroja dos escenarios diametralmente opuestos. Por un lado, no tiene lógica pensar que a la Sala Penal de la Corte Suprema le interese desviar la investigación de un crimen de esa trascendencia nacional. De ser así, esta sería una teoría de conspiración que a nadie le cabe en la cabeza. Pero por otro lado, igual de improbable es que la familia del inmolado líder conservador encabece un movimiento para reivindicar la inocencia de quien según la justicia es el autor material. En medio de estas contradicciones, para la opinión pública el magnicidio no está resuelto.