“Club gigante, dirigentes mediocres” y “Jueguen como cobran”: Estos fueron algunos de los mensajes que los hinchas de Millonarios pusieron en pancartas gigantes en el estadio El Campín en medio de la grave crisis deportiva que vivía el cuadro Embajador para julio de 2025.

Los hinchas le exigían a los directivos que invirtieran en refuerzos; y al cuerpo técnico y jugadores que demostraran amor por la camiseta.
Pese a que era una protesta como que se ve regularmente, las directivas del club dieron la orden de prohibir el ingreso de pancartas con mensajes cuestionando el manejo administrativo.

La situación, además de generar una oleada de críticas, motivó una batalla jurídica que llegó hasta la Corte Constitucional.
En un reciente fallo, el alto tribunal le ordenó a Azul & Blanco Millonarios S.A. abstenerse de “realizar acciones tendientes a prohibir, restringir o limitar el ingreso o exhibición de pancartas, trapos u tras manifestaciones amparadas por la libertad de expresión únicamente debido a su contenido crítico o desfavorable frente a clubes, directivos, jugadores, organizadores o autoridades deportivas”.

La medida cobija al concesionario encargado de la operación del Estadio Nemesio Camacho El Campín y las autoridades que integren los Puestos de Mando Unificado (PMU), es decir, los encargados de realizar las requisas en las puertas de ingreso del escenario deportivo.
Las pancartas -advierte- solamente podrán restringirse cuando “lo que se comunica pueda catalogarse como un discurso prohibido”. Es decir, una amenaza de muerte o daño contra alguien.
Protección a la libertad de expresión
La Corte Constitucional concluyó que los mensajes expresados en las pancartas hacían parte de la libertad de expresión de la hinchada que reclamaba por los malos resultados futbolísticos y las fallas en la administración del club.

Por esto, le ordenó a Azul & Blanco Millonarios F.C. S.A. que en los próximos 15 días “informe al accionante y publique” un comunicado en el que “reconozca que la restricción impuesta” para el ingreso de las pancartas “fue incompatible con las garantías constitucionales de la libertad de expresión”.
Dicho comunicado, que deberá ser publicado en los canales institucionales del club, deberá ser accesible para su consulta por lo menos un año.

Igualmente, la Corte le ordenó a la Comisión Nacional para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y a la Comisión Distrital para la Seguridad de Bogotá que se revisen todos los protocolos relacionados al ingreso de elementos de animación, como lo son las pancartas, a los respectivos escenarios deportivos.
Esto con el fin de que se garantice el derecho a la libertad de expresión de todos los asistentes. Así como que se tomen medidas para evitar la “adopción de medidas genéricas que desvirtúen sin justificación, la prevalencia de la libertad de expresión, así como el empleo de mecanismos
Este caso también deberá ser evaluado por la Federación Colombiana de Fútbol y la División Mayor del Fútbol Colombiano (Dimayor).
