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Movilidad en Cartagena - Avenida Pedro de Heredia a la altura de María Auxiliadora.
Todos los conductores de motos, independientemente si son mototrabajadores o no, deben hacer este registro. | Foto: Ruby Villarreal

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Motociclistas de Cartagena tienen nuevo decreto; ¿cuáles serán las restricciones?

Los conductores de motos deben registrarse para poder circular con parrillero hombre.

16 de noviembre de 2022

Luego de que el gremio de motrabajadores saliera a las calles a exigir cambios en el Decreto 1542, que les prohibía la circulación por la ciudad con parrillero hombre a bordo durante un mes, en la tarde del pasado martes, el Distrito reveló el nuevo decreto que entró en vigencia.

La Alcaldía expidió el decreto 1579 del 15 de noviembre de 2022, el cual adopta las nuevas medidas de movilidad y seguridad relacionadas con la circulación de motocicletas con parrillero hombre en la ciudad.

Con esta nueva normativa queda derogado el Decreto 1542 del 4 de noviembre de 2022, que prohibía el parrillero hombre en toda la ciudad y quedan vigentes las siguientes medidas.

Registro y caracterización de conductores

Según el documento permitirán la circulación de motos con parrillero hombre en las vías donde no haya restricciones, siempre y cuando los conductores se inscriban y registren en la página web del Distrito en el enlace: bit.ly/motosCartaqena o https://ee.cartaqena.qov.co/x/QUFqTFa5.

En el enlace podrán diligenciar la encuesta de caracterización socioeconómica de conductores de motocicletas en Cartagena y que cumplan con todos los requisitos de ley para circular.

Todos los conductores de motos, independientemente si son mototrabajadores o no, deben hacer este registro. Para cumplir con este requisito se tendrá un período pedagógico, comprendido entre el día 15 de noviembre de 2022, hasta el día 19 de noviembre de 2022.

En dicha base de datos quedará inscrita la información del conductor, placa de la moto con foto adjunta, y tarjeta de propiedad.

¿Continuará la prohibición de parrillero hombre?

Como segunda medida del Decreto 1579, mantiene la prohibición de la circulación de motocicletas, incluyendo los cuatrimotos, tricimotos y motocarros, en las vías de los barrios: Castillogrande, El Laguito, Bocagrande, Manga, Pie de la Popa, El Cabrero, Crespo, y Alto Bosque.

No obstante, con el fin de facilitar la circulación hacia otros sectores de la ciudad, solo se permitirá el desplazamiento con parrillero hombre por las siguientes vías:

¿Quiénes aplican a las excepciones?

Los funcionarios y personas que se movilicen en motos y trabajen en Organismos de Seguridad del Estado, Fuerzas Militares; Armada Nacional; Policía Nacional; Cuerpo Técnico de Investigación CTI de la Fiscalía General de la Nación; organismos con funciones de policía judicial; Autoridades de tránsito y organismos de socorro, estarán exentos de las restricciones del decreto, siempre y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones y porten carnet original vigente.

Hay que recordar que las nuevas medidas fueron concertadas el pasado viernes, 11 de noviembre, día en que se logró un acuerdo entre el Distrito y los líderes de las agremiaciones de mototrabajadores.

Por otro lado, en la mañana del martes evaluaron y aprobaron las medidas establecidas en el último Consejo de Seguridad Local, que contó con la participación del ministro de Defensa, Iván Velásquez, al igual que el gobernador de Bolívar, Vicente Blel, el alcalde de Cartagena, William Dau y el director de la Policía Nacional, Henry Sanabria.

Desde el Distrito se invita a los motociclistas de la ciudad a cumplir con estas normas para evitar sanciones y a continuar el proceso de caracterización para poder circular con parrillero”, manifestó la institución.