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Carta del Procurador a Alvaro Uribe

Texto Completo de la carta enviada por el Procurador General de la Nación, Edgardo maya Villazón, al presidente Alvaro Uribe Vélez, con motivo de la decisión gubernamental de no aceptar la competencia de la Corte Penal Internacional hasta el año 2009.

2 de septiembre de 2002

Bogotá D.C 2 de septiembre de 2002-10-02

D.P 1063

Doctor

ALVARO URIBE VELEZ

Presidente de la República de Colombia

E. S. D.

Señor Presidente:

Los colombianos hemos recibido con enorme sorpresa y desconcierto la noticia según la cual el Gobierno anterior ratificó el Estatuto de la Corte Penal Internacional, haciendo uso de la disposición de transición contenida en le artículo 124 del Estatuto. Dicha norma, le permite a un Estado ratificante, declarar que durante un periodo de siete años contados a partir de la fecha en que entre en vigor dicho Estatuto, no aceptar la competencia de la Corte Penal Internacional sobre la categoría de crímenes de guerra.

Esta declaración, Señor Presidente, significa en términos reales que los crímenes de guerra que se cometan entre el 1 de noviembre de 2002 y el 1 de noviembre del año 2009, por parte de nacionales o extranjeros en el territorio colombiano, quedarán excluidos de la competencia de la jurisdicción penal internacional. En otras palabras, hemos mandado a la comunidad internacional el equívoco mensaje diciendo que nuestro Estado está dispuesto a no permitir que la Corte Penal Internacional conozca, en forma residual, de las graves violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario que se cometan con motivo del conflicto armado durante este periodo de tiempo. Pero a ello se suma que los eventuales crímenes de guerra cometidos en nuestro país por extranjeros tampoco podrán ser justiciables en el contexto internacional, lo que le resta eficacia a un valioso elemento jurídico que, en cualquier momento, puede significar una salida digna a las relaciones de política internacional del Estado.

En anteriores oportunidades, manifesté públicamente, en mi condición de Procurador General de la Nación, la necesidad de ratificación plena de este instrumento, recalcando que el Estatuto de Roma era el tratado internacional más importante que ha conocido el ordenamiento jurídico universal, un instrumento que perfectamente se podría caracterizar como el "Código Penal de la Humanidad", pues su creación no es un intento más de protección de los derechos humanos, sino que es la respuesta a muchos años de atrocidades, violaciones y degradaciones de lo que le es más caro a la civilización: la dignidad humana. Después de la segunda guerra mundial estábamos confiados en no volver a repetir los horrores del nazismo, sin embargo, hemos pasado de ser espectadores a víctimas de crímenes de igual o peor significado que para vergüenza de las generaciones venideras se han consumado en nuestro territorio.

Señor Presidente, es necesario recordar que el artículo 124 es el producto de una negociación que se dio en la fase más crítica de la elaboración del Estatuto y que responde a una cláusula de compromiso entre un grupo entre un grupo de Estados que pretendían que la Corte Penal Internacional fuese una institución que ejerciera sus poderes a merced del consentimiento de los ratificantes y quienes deseaban tener un instrumento efectivo para luchar contra la impunidad. En los anales del Estatuto consta que las negociaciones sobre el llamado "Régimen de Transición" atendían a la necesidad de excluir de la competencia de la Corte a aquellos países que tienen un alto nivel de participación activa en fuerzas multinacionales que eventualmente podían quedar incursas en actos constitutivos de crímenes de guerra. Por esa misma razón, se le reservó a una Conferencia de Estados Partes la facultad de revisión de esta cláusula de transición.

Esta disposición, que al día 16 de julio de 1998 fue calificada irónicamente por un importante diplomático europeo como "protocolo de sustracción", es el precio que ha pagado el interés de las naciones civilizadas en aras de una futura justicia universal efectiva, pero en manera alguna el precio que los colombianos comprometidos con la justicia debamos pagar por razón del conflicto.

Soy absolutamente respetuoso de la competencia constitucional que le permite al Ejecutivo la dirección de las relaciones internacionales, pero el concepto del Procurador General de la Nación, en calidad de defensor de los intereses de la sociedad y de los derechos humanos, es que el Gobierno opte por el retiro de la declaración, tal y como lo establece el mismo artículo 124. Si el Gobierno tiene motivos para mantener el régimen de transición, debería explicársele con franqueza y con toda claridad al país, las razones que le asisten para tal postura, de lo contrario, se entenderá defraudado el arduo proceso que cumplió soberanamente el Congreso de la República reformado la Constitución Política con el propósito de darle a la sociedad colombiana un mensaje de compromiso ineludible con la justicia universal, con las víctimas y con la creencia de que la justicia es una parte integral de la paz.

Del Señor Presidente de la República con mis mas altas consideraciones.

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación