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El Gobierno sí podrá censurar a canales de televisión

El mico del proyecto de ley se esconde en el artículo 40 del texto que se propone para el segundo debate de comisiones conjuntas previsto para el próximo lunes en el Congreso.

Semana.Com
14 de diciembre de 2018

El articulo parece inofensivo y requiere de un poco de arqueología jurídica y teoría constitucional para entender sus verdaderos alcances.

Dice el texto que “todas las funciones de inspección, vigilancia y control que la ley asignaba a la ANTV serán ejercidas por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones”. La pregunta es si los congresistas conocen en detalle cuáles son las funciones que le están transfiriendo de un plumazo al Poder Ejecutivo.

La ANTV heredó a través de la Ley 1507 de 2012 las funciones que hasta ese momento estaban asignadas a la Comisión Nacional de Televisión por la Ley 182 de 1995. Los congresistas deberían leer, con detenimiento, los artículos 5° y 12 de la Ley 182 de 1995. De un lado el gobierno se está apropiando de facultades sancionatorias que antes estaban en la ANTV, y del otro, propone un regulador que no es independiente del Ejecutivo.

Dentro de las funciones que este proyecto de ley de “modernización TIC” transfiere de la ANTC al Gobierno están: la iniciación de investigaciones con posibilidad de ordenar visitas a las instalaciones de los operadores, concesionarios de TV y contratistas, exigir la presentación de libros de contabilidad y documentos privados sin que se le pueda oponer reserva. Una suerte de Fiscalía de comunicaciones que no solo tiene causales frente a las obligaciones de infraestructura y conectividad, sino que también puede imponer sanciones posteriores sobre los contenidos que se transmiten.

Dentro de las sanciones que podrá imponer el Gobierno están: amonestaciones, multas que podrían ser superiores a los 4.000 millones de pesos; suspensión temporal del servicio hasta por cinco meses y caducidad o revocatoria de la concesión o licencia. Estas sanciones se gradúan de conformidad con la “gravedad de la infracción”. Gravedad que antes por lo menos discutía un cuerpo colegiado, pero que con este proyecto de ley estaría bajo el criterio exclusivo del gobierno.

Dejo en el Congreso la tarea de revisar las causales para imponer estas sanciones. Yo las revisé y me parece que dan para interpretaciones arbitrarias cuando la facultad de sancionar esta en un actor que guarda intereses políticos en el debate público, se prestan para retaliaciones por publicaciones que incomoden al ejecutivo o incluso se pueden exagerar las sanciones por errores ajenos a la postura editorial de los operadores y concesionarios con el fin de silenciar sus posiciones editoriales. En manos de un régimen autoritario este artículo 40 del proyecto de ley es una golosina para censurar.

Ya lo vimos con la publicidad sobre el impacto en la salud de las bebidas azucaradas. La Superintendencia de Industria y Comercio interpretó las regulaciones de protección del consumidor para silenciar el acceso a la difusión de un mensaje en televisión. Meses después, la Corte Constitucional desautorizaría a la Superintendencia y daría razón a los censurados. Lo que los canales no advierten es que ese mismo margen de interpretación lo tendría de ahora en adelante el gobierno no solo con la bandera que ya tenía de la “protección de los consumidores” -que en el caso de las bebidas azucaradas dio para todo lo contrario: ¡desprotegerlos! -  sino con todas las armas que tiene actualmente la ANTV para sancionar.

Surgen preguntas: ¿cómo explica el gobierno su intención de apropiarse de las funciones sancionar en televisión si son atributos que desde la constitución de 1991 están en cuerpos colegiados por fuera (al menos en apariencia) del ejecutivo? ¿Por qué no deja esas funciones en el regulador convergente que crea el proyecto de ley? y si en un destello de defensa de la democracia, el Congreso dejara estas facultades sancionatorias en TV como parte de las funciones del regulador convergente ¿no deberíamos preocuparnos aún más por la independencia de ese regulador con respecto al poder presidencial?

La cosa no para ahí, la ley 182 de 1995 preveía la creación de una dependencia especial para las sanciones y para que la Junta Nacional de Televisión estuviera a cargo de la segunda instancia, con el cambio a la ANTV el proceso sancionatorio lo adelanta una coordinación y lo revisa la Junta de la ANTV donde el presidente tiene 2 de 5 miembros. Cabe preguntar al Gobierno Nacional, si estas funciones pasan al MINTIC, ¿cuál es la segunda instancia del sistema sancionatorio en TV? ¿La Ministra? ¿El Presidente? Esta pregunta no es menor porque va a la médula del derecho al debido proceso en los sistemas sancionatorios del Estado.

En este recorrido por la regulación de televisión me queda algo claro: los muchos constituyentes hombres y las pocas constituyentes mujeres, identificaron en su momento que la televisión sería tan clave para la vida democrática que requería de una entidad de origen constitucional autónoma. Luego Santos atomizó el sector y creó la ANTV que al menos es de apariencia “independiente” (yo no creo que lo sea, pero disimularon mucho mejor la influencia presidencial). Pero con este proyecto, venden la conectividad y la convergencia con un modelo que básicamente sustituye la Constitución, sin frenos ni contrapesos y dejando en el gobierno las facultades para sancionar a los canales de televisión.

He sostenido que el regulador que proponen no es autónomo porque su composición hace que el presidente siempre tenga mayoría y porque el artículo 17 confunde la nobleza de la palabra “concurso” con la arbitrariedad que se esconde tras la palabra “convocatoria”. También he sostenido que ese regulador además de independiente y plural debe tener facultades amplias para cruzar las aguas turbulentas de la convergencia en un buque fuerte que zarpa sin carta de navegación clara. Pero en el proyecto actual el Gobierno conserva las facultades de: registro, vigilancia y control, protección de usuarios y administración del fondo único TIC. Eso es demasiado poder y muestra que, en realidad, nos están proponiendo como regulador un frágil bote de remos cuyo capitán es el presidente.

Estas regulaciones no solo deben prever la aparente estabilidad democrática del presente, deben ser estructuradas sobre un sistema de frenos y contrapesos capaz de combatir la posible inestabilidad democrática de un régimen autoritario futuro. Al menos en televisión el Congreso está por regalarle a este gobierno, y a los que vienen, la facultad de hasta “revocar” las concesiones de televisión.

@PVacaV

(*) 
Director Ejecutivo – Fundación para la Libertad de Prensa

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