OPINIÓN

Jorge Enrique Vélez

El papel que no pidieron y que facilitó la corrupción

Nadie le da las llaves de su casa a un desconocido sin saber bien quién es. En el sector público pasa a diario.
30 de septiembre de 2026 a las 12:11 p. m.

En Colombia le piden más papeles a una persona para vender una casa que a una empresa para quedarse con un contrato multimillonario del Estado. Al ciudadano común le exigen la cédula, el certificado de tradición y libertad, el predial al día y cuanto paz y salvo exista. A la empresa le bastan el registro de contratistas, una póliza y la confirmación de que no tenga sanciones pendientes. Solo con eso le entregan el control de sumas enormes de dinero público.

Un equipo especializado anticorrupción del gobierno de Abelardo de la Espriella viene destapando cómo se saquearon los recursos del país. El libro de la verdad, elaborado durante el empalme, deja al descubierto una larga lista de contratos firmados sin revisar siquiera quiénes estaban detrás de las empresas beneficiadas.

Los datos son claros. En Ecopetrol aparecen 32 casos en los que varias agrupaciones de empresas se quedaron con más de 10 billones de pesos. En Cenit, la filial encargada del transporte de petróleo, le adjudicaron 23.663 millones a una sociedad que apenas tenía un capital de 117 millones.

Nadie le da las llaves de su casa a un desconocido sin saber bien quién es. En el sector público pasa a diario. Aparece una sociedad con tres meses de creada, un representante legal que firma en nombre de socios invisibles y un manual de ética copiado de internet. Aun así, les abren la puerta. Con todas las leyes y normas que existen en el país, resulta absurdo que un simple documento, la certificación de un oficial de cumplimiento, no sea un requisito para frenar la corrupción.

Ese profesional no está de adorno ni para llenar espacio en un escritorio. Su trabajo dentro de la empresa consiste en garantizar que la firma no termine involucrada en lavado de activos, financiamiento a grupos armados o en la entrega de coimas para quedarse con licitaciones. Se encarga de rastrear a los verdaderos dueños del negocio y de mirar más allá del nombre que figura en la Cámara de Comercio. Revisa el historial de los socios, cruza información en listas de riesgo y tiene el deber de reportar cualquier movimiento sospechoso a la UIAF.

Además, presenta informes anuales respaldados con pruebas reales ante los socios o la junta directiva. Si ve que las alertas internas son un saludo a la bandera, tiene la obligación de corregirlas. Y si llega a certificar algo falso, la responsabilidad cae directamente sobre él.

Actualmente, la Superintendencia de Sociedades le exige este rol a muchas empresas. El problema radica en que, al momento de licitar con el Estado, nadie pide esa certificación firmada para poder competir. En ese hueco legal es donde se meten las empresas de papel para salirse con la suya.

Si a esas empresas salpicadas por escándalos de corrupción les hubieran exigido el certificado del oficial de cumplimiento para licitar, la historia habría sido otra. En Cenit, esa empresa con un capital diminuto no habría superado la primera revisión. En el tema de las tierras, la falta de un folio de matrícula adecuado habría frenado cualquier desembolso. En la Presidencia se habría cortado la cadena de contratos cortos e innecesarios que solo inflaron la nómina.

Y en el Fomag, alguien habría tenido que responder antes de girar recursos sin facturas ni soportes. Ningún mecanismo frena los robos al cien por ciento y, seguro, aparecerán certificaciones falsas, pero la trazabilidad obligaría a dejar huellas difíciles de borrar. Hoy los representantes legales se escudan en que olvidaron que tenían esa figura dentro de la empresa porque simplemente no se las exigían en las licitaciones.

Existen dos normas clave en este asunto. Por un lado, está la Ley 2195 de 2022 sobre transparencia, que le exige al Estado revisar a fondo a sus contratistas, obliga a crear programas de ética empresarial y permite sancionar a la empresa entera si se beneficia de un delito. Por otro lado, está la Ley 80 de 1993, modificada por la Ley 1150 de 2007, que regula las compras públicas. Ese estatuto pide pólizas, registros y certificados de paz y salvo, pero omite el documento emitido por la persona que vigila las operaciones desde el interior de la empresa. Ese es justamente el cerrojo que falta.

Resulta urgente integrar este requisito en la ley y no dejarlo en un mensaje en redes sociales. El estatuto de contratación debe dejar claro que una propuesta sin ese certificado queda anulada de inmediato. Un decreto reglamentario tendría que detallar el nombre del oficial y de su suplente, el reporte ante la Superintendencia y la constancia de que la empresa fue evaluada internamente. Colombia Compra Eficiente debería incorporarlo en sus pliegos tipo y en la plataforma del SECOP para que las entidades verifiquen en el sistema si el profesional realmente existe. Si no está registrado, la firma queda fuera del concurso, se le prohíbe volver a licitar y se remite el caso a las autoridades competentes.

Obviamente, deben existir excepciones razonables. Un trabajador independiente, una contratación menor o una pequeña empresa no necesitan esta estructura, siempre que el propietario asuma directamente las responsabilidades que tendría ese profesional.

El Congreso y el Ejecutivo tienen que tramitar esta reforma con carácter prioritario en los próximos meses. Quien pretenda manejar recursos públicos debe organizar sus asuntos internos y responder por sus actos.

A un pequeño comerciante le exigen RUT, registro mercantil y facturas para operar. A quienes manejan contratos públicos millonarios les basta con una firma y un trámite formal. O el responsable del control interno pone la cédula en el expediente o el dinero público seguirá cayendo en manos equivocadas.